Requisitos y sanciones por incumplimiento de la normativa.

Esta semana, conforme a la Ley 21.601, comenzará a implementarse el registro obligatorio de patentes en vidrios y espejos en nuestro país. Esta medida afecta a todos los vehículos motorizados y tiene como objetivo reducir el robo de piezas.

La normativa entrará en vigencia este jueves 15 de mayo, y el grabado debe cumplir con ciertos requisitos.

El reglamento exige que el grabado esté presente en un mínimo de 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), así como en los 2 espejos laterales.

En el caso de vehículos que tengan más vidrios, como furgones o buses, se requerirá el mínimo de 6, junto con los 2 espejos. Para vehículos con menos vidrios, como motos, la patente deberá estar grabada en todos los espejos.

Con respecto a las características que debe cumplir el grabado, es necesario seguir los siguientes puntos:

  • Debe ser permanente, lo que implica un desgaste visible en el vidrio y el espejo, independientemente de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.).
  • La letra debe ser legible y en formato estándar, sin elementos como cursivas o negritas, y siempre en mayúsculas.
  • Las letras y dígitos en los vidrios deben tener una altura de entre 7 y 10 milímetros.
  • En los espejos laterales, la altura debe oscilar entre 5 y 10 milímetros.

A partir del 15 de mayo, quienes sean controlados por fiscalizadores, inspectores o Carabineros y no cuenten con el grabado podrán enfrentarse a una multa que va de 1 a 1.5 UTM, lo que equivale a una sanción de $68.648 a $102.972.



Con Información de www.lanacion.cl

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