La Dirección del Trabajo (DT) realizará fiscalizaciones este jueves 17 y viernes 18 de abril en relación a las jornadas de conducción y descanso de las tripulaciones de buses interurbanos de pasajeros, en respuesta al aumento de viajes durante la Semana Santa.
En comparación con la última fiscalización a nivel nacional, llevada a cabo el 27 de diciembre de 2024, se llevarán a cabo al menos 60 fiscalizaciones adicionales, lo que representa un incremento del 38,2 por ciento.
El propósito de este programa de inspección es asegurar que las tripulaciones comiencen sus turnos después de haber cumplido con los descansos legales, garantizando así la seguridad en las carreteras para choferes, auxiliares y pasajeros.
El director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, anunció esta iniciativa en el Terminal de Buses Sur de Santiago, donde junto a un equipo de fiscalizadores dio inicio a los primeros controles y presentó este programa, que se aplicará a un mínimo de 217 buses en diversas regiones, incluyendo Arica y Parinacota (10), Tarapacá (15), Antofagasta (15), Atacama (15), Coquimbo (15), Valparaíso (15), O’Higgins (10), Maule (15), Ñuble (10), Biobío (15), La Araucanía (10), Los Ríos (15), Los Lagos (15), Aysén (6), Magallanes (6) y la Metropolitana (30).
El director del Trabajo destacó que «en esta fiscalización nacional a los buses interurbanos, por primera vez hemos incluido a las regiones de Aysén y Magallanes, lo que refuerza el control sobre las jornadas legales de conducción y descanso de las tripulaciones en todo el país, contribuyendo a un esfuerzo conjunto de diversas entidades públicas para prevenir accidentes de tráfico ocasionados por la fatiga de los conductores”.
Pablo Zenteno recordó que «la Dirección del Trabajo se encarga de verificar el cumplimiento de las jornadas laborales correspondientes para los conductores y auxiliares de buses interurbanos; existen normas muy específicas, como que no se puede conducir durante más de cinco horas continuas, y que debe haber un descanso de al menos dos horas entre esas cinco horas. Además, en viajes que superen las 24 horas, el conductor debe descansar al menos 10 horas cada 24; para ello, los buses cuentan con registros de asistencia, que son equipos automatizados que deben estar debidamente implementados, y la Dirección del Trabajo asegura que se estén cumpliendo estas jornadas”.
Asimismo, hizo un llamado a los empleadores de buses interurbanos para que adopten todas las medidas necesarias para cumplir y respetar las normas laborales; en caso contrario, instó a realizar denuncias al número telefónico 600 450 4000 y a través de la página web de la Dirección del Trabajo.
Los controles se enfocarán únicamente en aquellos buses que realicen viajes de más de cinco horas. Los fiscalizadores accederán a las cabinas en los terminales de las 16 regiones abarcadas por el programa inspectivo e imprimirán desde el dispositivo automatizado instalado al volante el comprobante de registro de jornadas y descansos cumplidos por cada miembro de la tripulación.
Durante esta fiscalización, la DT tiene la potestad de aplicar multas o incluso suspender a las tripulaciones, completamente o en parte, si se comprueba a través de los documentos impresos que no se han respetado los descansos previos, o si se obtienen indicios de infracción al tomar declaraciones de choferes y auxiliares.
MULTAS
Aspectos a ser fiscalizados incluyen:
– Instalación y funcionamiento del dispositivo de registro automatizado de asistencia y horas de trabajo.
– Correcto funcionamiento del dispositivo mencionado.
– Tiempo máximo de conducción continua (5 horas).
– Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas).
– Descanso semanal compensatorio.
– Cumplimiento de autorizaciones para jornadas excepcionales de trabajo y descanso.
Cualquier infracción a estas obligaciones puede conllevar multas que oscilan entre 3 ($204.918) y 60 ($4.098.360) Unidades Tributarias Mensuales, al valor de abril ($68.306), en función del tamaño de la empresa (micro, pequeña, mediana o grande).
La escala de multas aplicables es la siguiente:
– Microempresa (1 a 9 trabajadores): 3 UTM ($204.918) a 5 UTM ($341.530)
– Pequeña empresa (10 a 49 trabajadores): 6 UTM ($409.836) a 10 UTM ($683.060)
– Mediana empresa (50 a 199 trabajadores): 24 UTM ($1.639.344) a 40 UTM ($2.732.240)
– Gran empresa (200 o más trabajadores): 36 UTM ($2.459.016) a 60 UTM ($4.098.360)
Además, se sancionará con entre 3 y 60 UTM si la empresa no ha registrado ante la DT un correo electrónico u otro medio digital para la recepción de notificaciones y comunicaciones sobre multas aplicadas.
SUSPENSIÓN DE TRIPULANTES
L os fiscalizadores podrán suspender a los tripulantes (choferes y auxiliares) en los siguientes casos:
– Si no se ha instalado el dispositivo de registro automatizado de asistencia y horas de trabajo en el bus.
– Si el dispositivo está instalado, pero no funciona, y las declaraciones de los tripulantes indican que no han cumplido adecuadamente con sus jornadas y descansos.
– Si el dispositivo funciona, pero el reporte impreso no proporciona toda la información necesaria y las declaraciones de los tripulantes evidencian incumplimientos con las jornadas y descansos.
Los tripulantes que violen las normativas deben abandonar sus turnos de inmediato. Los buses que iban a operar no podrán iniciar sus viajes a menos que las empresas reemplacen a los trabajadores suspendidos por otros que sí han cumplido previamente con los descansos legales.
En la última fiscalización del 27 de diciembre de 2024, previo al Año Nuevo y al inicio de las vacaciones de verano, la DT revisó 157 buses, resultando en 54 multas por un total de $168.975.234 y la suspensión de 2 tripulantes.
En el programa inspectivo de Semana Santa de 2024 se impusieron 119 multas por $282.951.031 y se suspendió a 1 tripulante.
Con Información de www.lanacion.cl