AUTOR: JORDANA SILVA CORREA
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha señalado que ha impuesto sanciones a cuatro bancos por conceder créditos a deudores de pensiones alimenticias, quienes estaban previamente registrados en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA).
Las entidades sancionadas son: Banco de Créditos e Inversiones (BCI) con una multa de 51,12 UF, Banco Itaú Chile con 197,16 UF, Banco Consorcio con 280,54 UF y Banco Santander-Chile con 1.099,88 UF.
En el comunicado publicado en el sitio web de la CMF, se resalta que “estas instituciones incumplieron con las obligaciones de consulta oportuna al RNDPA, así como con las de retención y pago, conforme se establece en la Ley N.º 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias”.
De acuerdo con la Ley de Pensión de Alimentos, las entidades financieras tienen la obligación de verificar el RNDPA antes de otorgar cualquier crédito, ya que, si el cliente es un deudor de pensiones alimenticias, se debe retener el 50% del monto del préstamo.
Al examinar las resoluciones, que suman un total de 1.628,7 UF, se observa que Banco Santander-Chile, que enfrenta la multa más elevada, otorgó 18 créditos en los cuales, según la normativa, debió haber retenido más de 18 millones de pesos.
La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, aplaudió la labor de fiscalización, afirmando que “esta ley establece mecanismos para asegurar que las deudas por pensiones alimenticias sean saldadas y regula el acceso al crédito por parte de quienes figuran en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos”.
Con Información de www.elciudadano.com