Revocan sentencia de absolución para Carabineros involucrados en el caso del asesinato de Danilo Cárdenas en Llay Llay.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso ha revocado la sentencia que absolvió a los dos carabineros involucrados en la muerte de Danilo Cárdenas, quien falleció en marzo de 2020 en Llay Llay. Esta decisión se toma después de que en noviembre de 2024, la justicia había decidido liberar a los funcionarios policiales de culpabilidad.

Sin embargo, la defensa de la víctima interpuso un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que ha determinado anular el fallo y ordenar un nuevo juicio contra los carabineros. Esta información fue confirmada por la abogada de la familia, Daniela Quiroz.

En este sentido, Quiroz recordó que, como representantes legales de los padres de Cárdenas, han argumentado que los eventos se desencadenaron tras un choque entre el automóvil de la víctima y una patrulla de Carabineros en el peaje de Llay Llay. Luego de salir de su vehículo, Danilo Cárdenas ofendió a los dos carabineros, quien respondió disparando el cabo Mario Díaz Eyzaguirre, un funcionario de la misma comuna. A pesar de sufrir una herida, fue detenido y llevado con vida en la furgoneta policial de la Subcomisaría de Llay Llay, donde el capitán Rafael Ramírez estaba al mando.

Carabineros negó asistencia médica

Los carabineros negaron asistencia médica a Cárdenas, afirmando posteriormente que no se dieron cuenta de que había sido herido de bala y solo lo trasladaron al Hospital San Francisco cuando Cárdenas perdió la consciencia y dejó de mostrar signos vitales. En dicho hospital, se constató su muerte.

En noviembre de 2024, el Ministerio Público de San Felipe, representado por el fiscal Julio Palacios y la abogada Javiera Tapia, querellante institucional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), junto a los representantes legales de la familia de Danilo, llevaron a cabo un extenso juicio de 17 días en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe.

Durante el proceso, se presentaron pruebas sólidas, testimonios, peritajes y documentos, así como contrainterrogatorios a los policías implicados y testigos de la defensa. El juicio desmintió las versiones previas difundidas por los medios y la institución policial, que aseguraban que Danilo conducía un vehículo robado, tenía antecedentes penales y portaba un arma con la cual habría amenazado a los carabineros. Pese a ello, en diciembre, el tribunal absolvió a los acusados de los cargos de apremios ilegítimos, tortura y homicidio simple que habían sido planteados por los querellantes.

La Corte de Apelaciones anuló el fallo dictado

Después de esto, la Corte de Apelaciones de Valparaíso anuló el fallo de los tres jueces del Tribunal Oral. La Corte consideró que los magistrados habían realizado una evaluación errónea y sesgada de las pruebas, lo que impidió una fundamentación coherente y clara sobre los hechos. La sentencia criticó la falta de explicación sobre las lesiones adicionales en el rostro y cuerpo de Danilo, dado que, según el fallo original, solo había recibido disparos en el estómago y la rodilla.

La Corte también destacó las contradicciones en las declaraciones de los testigos. Un funcionario de Carabineros, quien fue testigo presencial de los hechos, declaró que nunca vio un objeto en las manos de Danilo que constituyera una amenaza real y que, a pesar de haber oído los dos disparos, no sintió un peligro inminente que justificara abrir fuego.

Por otro lado, el capitán Ramírez señaló no haber notado las heridas de bala, ya que no observó sangre; sin embargo, el mismo testigo declaró que su ropa quedó manchada de sangre al detener a la víctima.

Respecto al resultado del fallo, la abogada Daniela Quiroz manifestó que, «como querellantes, valoramos que la Corte de Apelaciones de Valparaíso haya revisado y anulado esta sentencia con un fallo bien fundamentado. Las decisiones injustas impactan profundamente a las familias que padecen la pérdida de un ser querido, dejando a hijos sin su padre.»

Finalmente, terminó señalando que estos actos «socavan la confianza de la sociedad en un sistema de justicia que debe operar sin sesgos ni discriminación, garantizando un trato equitativo para todos, sin importar su cargo o posición de poder, ya sea un ciudadano común o un miembro de Carabineros de Chile.

Con Información de www.elciudadano.com

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