La tortura sufrida durante la dictadura obliga al Estado a indemnizar a la víctima.

La Corte de Apelaciones de Santiago ha establecido una indemnización de $75.000.000 que el Estado deberá abonar a un sobreviviente de la dictadura de Augusto Pinochet. Este individuo, quien se enlistó en el servicio militar, fue brutalmente torturado y terminó perdiendo la audición y varios dientes.

En un fallo dividido (causa rol 8.166-2024), la Séptima Sala del tribunal de apelaciones, conformada por los ministros Tomás Gray, Fernando Guzmán y el abogado (i) Luis Hernández, ratificó la sentencia impugnada que fue emitida en abril de 2024 por el 29° Juzgado Civil de Santiago, aumentando la indemnización proporcionalmente al daño causado.

De acuerdo con la resolución, la víctima, identificada con las iniciales R.S.R.B., fue detenida y torturada en abril de 1974 en el Regimiento de Caballería Húsares de la Muerte, en Angol, tras presentarse allí con el fin de inscribirse en el servicio militar.

En el momento de los hechos, R.S.R.B. tenía 18 años y era el menor de su familia. Al acudir al regimiento para completar su inscripción, le entregaron una lista de documentos y le indicaron que regresara el lunes. Sin previo aviso, al regresar, fue detenido y llevado a una celda.

Fue sacado en varias ocasiones de su celda y llevado a los establos, donde fue interrogado, atado a una silla y brutalmente golpeado, especialmente en la cabeza, abdomen y oídos.

Después de cada golpiza, los guardias lo devolvían a la celda, un proceso que se repitió durante casi cuatro días consecutivos.

R.S.R.B. afirmó que, como resultado de las golpizas, perdió parte de sus dientes frontales y sufrió daños en sus oídos, finalizando las sesiones de tortura con su cabeza y boca sangrando.

Tras esos cuatro días, fue trasladado a la cárcel pública de Lonquimay, donde permaneció incomunicado mientras se recuperaba de sus heridas, y posteriormente fue presentado ante el Fiscal Militar.

Aunque la Corte Marcial lo sentenció a 120 días de prisión, al salir en junio de 1975 ya había cumplido el doble de la pena impuesta y continuó firmando hasta el año 1976.

Al abandonar la prisión, su familia lo encontró muy cambiado, no solo físicamente, sino también psicológicamente.

Según la sentencia de primera instancia dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago, R.S.R.B. «se había vuelto una persona retraída y distante, no quería salir de casa por miedo a ser detenido nuevamente, evitaba el contacto social y tenía problemas para dormir».

Con el tiempo, abandonó su hogar y fue encontrado viviendo en la calle, una situación que perduró durante varios años.

Según el médico que lo atendió en ese período, presentaba un notable deterioro mental debido a los graves abusos sufridos, «experimentando varios episodios de depresión severa y una sordera que actualmente se manifiesta como una hipoacusia del 75%».

La resolución indica que R.S.R.B. está catalogado como víctima de prisión política y torturas, según lo registrado en el informe emitido por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, conocida como “Comisión Valech”.

La dictadura lo torturó, terminó sin dientes ni audición y el Estado deberá pagar

Después de revisar los antecedentes del caso, la Corte de Apelaciones de Santiago sostuvo que «como ha sido corroborado por la sentencia del tribunal a quo, no se puede ignorar la magnitud del sufrimiento, dolor y angustia que experimentó el demandante debido a la privación ilegítima de libertad y el trato inhumano, degradante y cruel recibido durante casi un año, así como las secuelas físicas y psíquicas que lo acompañan por el resto de su vida».

En su resolución, el tribunal de alzada determinó que «la acción presentada, cuyo propósito es intentar, en la medida de lo posible, mitigar el daño sufrido por el afectado», implica que el Estado «debe asumir los perjuicios o intereses dañados en la esfera afectiva o íntima del sujeto, considerando las circunstancias personales de la víctima, que tenía apenas 18 años al momento de los hechos, además de los padecimientos físicos permanentes, como la pérdida de dentadura y la hipoacusia del 75%, así como los problemas psicológicos que incluyen episodios de depresión severa».

“Dada la gravedad, intensidad y severidad de las agresiones sufridas por el demandante y las secuelas que ha enfrentado a lo largo de los años, se concluye que la indemnización fijada por el sentenciador debe ajustarse al dolor y sufrimiento que ha padecido como consecuencia de los hechos comprobados, por lo que se elevará de manera prudencial”, concluyeron.

Así, se decidió confirmar la sentencia apelada del veintiséis de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el 29° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N°C-20.904-2023, «que admitió la demanda de indemnización de perjuicios, por daño moral, presentada por R.S.R.B. contra el Fisco de Chile, con el aumento de la suma a indemnizar por concepto de daño moral a $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos), sin costas».

Con Información de www.elciudadano.com

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