La Comisión de Medio Ambiente del Senado ha dado luz verde al proyecto de reforma de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, conocido como Evaluación Ambiental 2.0. Esta propuesta tiene como objetivo reforzar la institucionalidad ambiental y optimizar la eficacia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
La ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, manifestó su satisfacción por la adhesión a esta iniciativa, que será revisada a continuación por la Comisión de Hacienda del Senado antes de ser sometida a votación en el pleno, completando así su primer trámite constitucional.
“Estamos progresando con un proyecto que busca equilibrar la protección del medioambiente con el desarrollo sostenible, mejorando, entre otros aspectos, el funcionamiento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEA)”, sostuvo la ministra.
La propuesta de Evaluación Ambiental 2.0 contempla, entre otras medidas, la eliminación del Comité de Ministros como entidad encargada de revisar reclamaciones. De esta manera, tanto las comunidades como los responsables de proyectos de inversión podrán acudir directamente a los tribunales ambientales, lo que permitirá agilizar el proceso de impugnación.
En esta línea, se reforzará la rectoría técnica del SEA, dándole poderes para aclarar los pronunciamientos de las entidades de la administración del Estado en materia ambiental que sean de su exclusiva competencia.
Asimismo, se establecerá un procedimiento de urgencia que permitirá reducir a la mitad los plazos de evaluación en situaciones de necesidad pública urgente, manteniendo el estándar técnico que se requiere para la calificación.
La iniciativa del Ejecutivo también tiene como propósito facilitar la participación ciudadana en la evaluación ambiental de proyectos de inversión, eliminando las restricciones actuales para aquellos proyectos que se tramitan a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). De esta forma, cualquier comunidad interesada podrá solicitarlo.
Además, la propuesta moderniza las acciones para la reparación del daño ambiental. En este contexto, se establece el rol del Estado en la recuperación del medioambiente, regulando la legitimación activa del Consejo de Defensa del Estado en casos de daño ambiental y permitiendo que el Estado demande la reparación de ecosistemas dañados.
PURANOTICIA
Con Información de chilelindo.org