El SERNAC inició un proceso de compensación contra Ripley por cobrar por retirar compras en tienda.

Después de una investigación, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) llevó a cabo un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) con Ripley. Esto se produjo tras la detección de posibles infracciones a la ley por un grupo de consumidores que tuvieron que pagar por retirar en tienda sus compras realizadas por internet.

El origen de todo esto fueron las quejas presentadas por los consumidores. Según estos reclamos, al seleccionar la opción de «retiro en tienda» para sus compras en línea, se les cobraba de manera indebida.

El cargo correspondía a $990 adicionales al precio del producto. Este cargo no era informado por la empresa y solo aparecía al momento de realizar las compras en el sitio web y en la aplicación de Ripley.

Las posibles infracciones de Ripley

La investigación realizada por el organismo de control determinó que Ripley habría violado la Ley del Consumidor al no informar adecuadamente sobre el cobro por retiro en tienda. Además, también habría incumplido la normativa al realizar un cobro indebido, ya que la existencia de este pago no estaba contemplada en los términos y condiciones del sitio web o la aplicación.

Según los datos proporcionados por la empresa después de recibir la información del SERNAC, este cargo se aplicó en 280,000 pedidos realizados por más de 180,000 consumidores. Por lo tanto, el organismo decidió iniciar un Procedimiento Voluntario Colectivo con Ripley para compensar y reembolsar todos los cargos realizados por este concepto.

Además, el Servicio Nacional del Consumidor espera que se incluyan ajustes e intereses, y que la empresa detenga definitivamente este cobro. También se contempla una indemnización por los costos de las quejas para aquellos que denunciaron esta situación.

“No tiene justificación este cargo, ya que esta modalidad implica el cumplimiento de la obligación que tiene cada proveedor de entregar al consumidor el producto o bien que está adquiriendo”, expresó Andrés Herrera, director del SERNAC.

“Desde ese punto de vista, esa entrega no constituye un servicio adicional al bien o producto que está comprando el consumidor, por lo tanto, no debe haber un cargo adicional cuando, además, es el consumidor quien debe acudir a la tienda a recoger el producto”, añadió Herrera.

Con Información de chocale.cl

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