Transbank confirma suspensión de «adelantamiento de cuotas» según resolución de la Corte de Apelaciones.

La resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que ordena a Transbank cesar el servicio de «adelantamiento de cuotas» fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago. En un fallo unánime, los jueces rechazaron la ilegalidad de la medida, argumentando que excede el giro autorizado de la empresa.

El servicio permitía a los comercios recibir el pago completo de ventas a plazos con tarjetas de crédito a cambio de una comisión. A pesar de la justificación de Transbank de que era beneficioso para las pymes al facilitar la disponibilidad inmediata de fondos, la CMF ordenó su cese y el tribunal lo respaldó.

La Sexta Sala determinó que este servicio no es esencial para el giro de Transbank como operador de tarjetas de crédito, considerándolo más bien accesorio al requerir un acuerdo expreso con los comercios y cobrar una comisión extra por ello. Se comparó la operación con servicios de factoring y se concluyó que la CMF tenía la competencia legal para ordenar su cese.

La decisión de la CMF fue resultado de una denuncia de la Asociación Gremial de la Industria del Retail Financiero y tras una investigación se ordenó el cese de la actividad. A pesar de la argumentación de Transbank sobre la antigüedad del servicio, la corte rechazó este punto al no haber una confianza legítima para continuar una operación en contra de la ley.

El fallo también respaldó la fundamentación de la CMF y descartó la falta de motivación en el acto administrativo impugnado. La Fiscalía Nacional Económica descartó que la prohibición del adelantamiento de cuotas tenga un impacto relevante en la competencia del mercado chileno de medios de pago.

Con Información de chocale.cl

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