Fallece ex agente de la DINA condenado por delitos de secuestro y desaparición forzada – Factos.cl: Últimas Noticias de Chile

Por Claudia Molina B.| FACTOS. Derechos Humanos

Leónidas Emiliano Méndez Moreno, ex agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), falleció a los 80 años mientras cumplía una condena de 15 años por su implicación en secuestros calificados y desapariciones forzadas durante la dictadura militar.

Al momento de su deceso, se encontraba recluido en el penal Colina I y había sido condenado por su participación en el caso conocido como “Conferencia 1”, una de las operaciones represivas más significativas de la DINA contra la dirección clandestina del Partido Comunista de Chile, así como por su conexión con otros secuestros llevados a cabo en la segunda mitad de la década de 1970.

Las investigaciones se centran principalmente en 1976, año en que la DINA ejecutó un operativo para desarticular al Comité Central del Partido Comunista. Durante esta operación, agentes de la DINA instalaron una “ratonera” en una casa de seguridad en la calle Conferencia, en Santiago, donde fueron capturados dirigentes y militantes comunistas. Estos fueron trasladados a diferentes centros clandestinos de detención y tortura, como Villa Grimaldi y otros lugares bajo el control de la policía secreta.

Los hallazgos judiciales mostraron que los prisioneros fueron sometidos a interrogatorios bajo tortura y posteriormente ejecutados, con sus cuerpos desaparecidos. En uno de los lugares utilizados para su exterminio, no hubo sobrevivientes, y su existencia solo se corroboró judicialmente en 2007 gracias a la confesión de un ex miembro de la brigada responsable de los crímenes.

Entre las personas desaparecidas se encuentran Lenin Adán Díaz Silva, Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays—esposo de la dirigente comunista Gladys Marín—, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda, Víctor Manuel Díaz López y Eliana Marina Espinoza Fernández, todos miembros del Comité Central del Partido Comunista, que fueron detenidos en mayo de 1976. En el caso de Víctor Díaz López, su captura se produjo en enero de 1977 en un domicilio de Las Condes.

Lenin Adán Díaz Silva, ingeniero electricista, académico y dirigente comunista, formaba parte del Comité Central y realizaba actividades políticas en un contexto de represión. Fue arrestado en mayo de 1976 en el operativo “Conferencia 1” y llevado a centros clandestinos administrados por la DINA. Según las pruebas judiciales, fue visto por última vez con vida bajo custodia de agentes del Estado. Desde entonces, permanece desaparecido. Los tribunales concluyeron que fue sometido a torturas y luego ejecutado, dejando su cuerpo oculto como parte de una sistemática práctica para encubrir estos crímenes.

En cuanto a Víctor Díaz López, las sentencias confirmaron que fue llevado al cuartel de la DINA en calle Simón Bolívar, donde fue interrogado y asesinado. Al igual que en otros casos, su cuerpo nunca fue devuelto a sus familiares.

La responsabilidad penal de Leónidas Méndez Moreno se estipuló en diversas sentencias desde los años 2000, donde estos hechos fueron considerados crímenes de lesa humanidad, que son imprescriptibles y no amnistiables según el derecho internacional. Sin embargo, falleció sin proporcionar información completa sobre el destino final de las víctimas ni sobre la ubicación de sus restos.

Su muerte, mientras cumplía condena, se suma a la de otros ex agentes condenados por violaciones graves a los derechos humanos, en casos que siguen siendo centrales para los procesos de verdad, justicia y memoria promovidos por los tribunales y familiares de las víctimas en Chile.

Desde 1976, el año en que se cometieron secuestros y desapariciones forzadas de dirigentes del Partido Comunista, tuvieron que pasar casi cinco décadas para que el Estado chileno emitiera una sentencia condenatoria firme: en febrero de 2025, la Corte Suprema confirmó la pena contra Leónidas Méndez Moreno por crímenes de lesa humanidad. Esta demora en el sistema judicial resultó en que el condenado muriera tras cumplir apenas diez meses de prisión efectiva. Jurídicamente, esta situación incumple el deber del Estado de investigar y sancionar de manera oportuna graves violaciones a los derechos humanos; políticamente, consolida una impunidad biológica que actúa como revictimización, debilitando la confianza pública en la justicia y destacando las limitaciones del modelo de transición frente a la violencia de Estado.

Con Información de factos.cl

Previous Post
Next Post
Advertisement