El PS suspende su participación en la alianza oficialista tras las críticas del PC y el FA por su apoyo a la Ley Naín Retamal.

El Partido Socialista (PS) ha decidido suspender su participación en la coalición del oficialismo, tras recibir críticas por parte del Partido Comunista (PC) y el Frente Amplio (FA) en relación a quienes respaldaron la aprobación de la Ley Naín Retamal.

Las críticas provenientes del PC y el FA fueron contundentes, en especial tras el fallo que absolvió a Claudio Crespo en el caso de Gustavo Gatica, a pesar de que se comprobó que el excarabinero fue quien realizó el disparo.

Según informó 24 Horas, esta decisión se tomó el martes 13 de enero, durante una reunión de la mesa directiva del Partido Socialista.

La diputada Daniella Cicardini confirmó la decisión, afirmando que “es parte de las acciones que tomará el Partido Socialista”.

Además, mencionó que “el PC ha atacado de forma agresiva y desleal al Presidente y a los parlamentarios que votaron a favor. Posteriormente, el FA se alineó con la postura del PC. Me parece absolutamente inaceptable que algunos partidos de la coalición dirijan críticas hacia compañeros del gobierno. No podemos dejar que esto pase desapercibido”.

“Las relaciones con el Partido Comunista y el Frente Amplio quedan rotas, hasta que logren rectificarse y enmendar lo sucedido ayer”, agregó.

Asimismo, anunciaron que no formarán parte del cónclave oficialista ni de la comisión política que sesiona en La Moneda.

Por su parte, el diputado socialista Raúl Leiva destacó una “falta de lealtad hacia el Gobierno y sus compañeros de alianza”.

“Esta falta de compromiso con quienes hemos apoyado el desarrollo del gobierno es sumamente grave y debería ser respondida de manera contundente”, expresó.

Previamente, la bancada socialista emitió una declaración condenando las críticas del PC y del FA, considerándolas “injustas, infundadas y oportunistas”.

En este contexto, subrayaron que la absolución de Crespo representa “una grave señal de impunidad en un caso emblemático de violaciones a los derechos humanos durante el estallido social”.

Además, señalaron que “la absolución podría haberse fundamentado en la aplicación de la legítima defensa, recogida en el artículo 10 N°6 del Código Penal, y no en la Ley Naín-Retamal”.

“Es fundamental destacar que la Ley Naín Retamal no se diseñó para permitir la impunidad de las acciones de los funcionarios policiales, ni para justificar crímenes y graves violaciones de derechos humanos cometidas durante ese periodo. Cualquiera intento de usar esta normativa para justificar tales fallos sería una distorsión inaceptable de su objetivo y alcance”, concluyeron.

Con Información de www.lanacion.cl

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