Decisión de la Corte Suprema sobre uso de suelo en Las Condes: denuncia presentada a la jueza Gloria Ana Chevesich.

Por Patricio Herman

Recientemente, el diario La Tercera informó que el Tribunal Supremo emitió un fallo ambiguo sobre la indemnización por la expropiación de un terreno de 1.725 m² que ocupaba Copec en Las Condes, evaluado por peritos arquitectos.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) y Copec presentaron opiniones divergentes sobre el monto que debía abonar el Estado a la empresa distribuidora de combustibles.

Según lo publicado en La Tercera, Diario Financiero y The Clinic, tras tres años de litigio, la Corte Suprema desestimó el 5 de enero de 2026, rol N° 47.235-2025, los recursos de ambas partes, manteniendo la cifra fijada originalmente por la comisión de peritos del Ministerio de Obras Públicas (MOP).

Cabe mencionar que la fundación Defendamos la Ciudad, conocedora de la normativa urbana y ambiental, advirtió sobre la incorrecta tasación y presentó documentación al CDE, buscando salvaguardar el interés fiscal. También se denunció el caso ante la Contraloría General de la República (CGR), que no se pronunció por estar en manos de los tribunales. Este asunto fue abordado hace tres años en una columna de opinión en la radio Bio Bío (Ver).

En dicho terreno se está edificando la Estación Isidora Goyenechea del Metro, correspondiente a la nueva Línea 7. Los tasadores afirmaban que su ubicación conferiría un alto valor inmobiliario, a pesar de estar bajo la declaratoria de utilidad pública, un aspecto que resultó ignorado o desconocido. El abogado de Copec defendía que allí se podía levantar un edificio de 15 pisos.

Es importante aclarar que, según el artículo 2.1.24 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), los Instrumentos de Planificación Territorial (IPT) determinan los usos del suelo en el país. Al revisar las normativas pertinentes en el Plan Regulador Intercomunal de Santiago (PRIS) de 1960, el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) de 1994 y el Plan Regulador Comunal de Las Condes (PRC), se concluye que el terreno tiene una declaratoria de afectación de utilidad pública para vialidad, un aspecto que fue omitido por los peritos mencionados.

He sostenido anteriormente que este terreno se destina al espacio público para vialidad, según lo establecido en la «Modificación Plan Intercomunal de Santiago-Sector CCU» de agosto de 1988, que designa el área como «prolongación Av. Isidora Goyenechea», y que se ha mantenido en el PRMS de 1994.

El PRC de Las Condes, conforme a la normativa intercomunal, clasifica el área que albergaba una estación de servicios de Copec como reserva de vialidad y espacio público, de acuerdo con la información municipal en el PRC de Las Condes, que alude al plano de loteo CCU.

Estos antecedentes llevan a cuestionar cómo pudo operar por tanto tiempo la estación de servicio de Copec en un terreno designado para vialidad, actividad no permitida en los planes reguladores intercomunales y comunales, así como en el artículo 2.1.30 de la OGUC. Resulta curioso que la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Las Condes autorizara el funcionamiento de una bomba de combustibles, ya que estas solo pueden instalarse en terrenos cuyo uso sea permitido para equipamiento, según el artículo 2.1.33 de la OGUC.

El CDE proponía un pago de $2.200.875.725 a Copec por las instalaciones construidas, mientras que la empresa reclamaba alrededor de $7.000.000.000 por el terreno y las instalaciones. La Corte Suprema, formada por los jueces Gonzalo Ruz, Roberto Contreras, Hernán Crisosto, Rosa María Etcheberry y Carlos Urquieta, ratificó las decisiones anteriores, ignorando la legislación sobre vivienda y urbanismo, y estableció que el Estado pagaría $4.514.000.000, cifra fijada por los peritos como indemnización.

Dado lo anterior, sugerimos a doña Gloria Ana Chevesich que lleve el caso a la Suprema, considerando que ha manifestado su compromiso público de investigar cada denuncia de irregularidades, incluso anónimas. Este fallo cuestionable refleja un desconocimiento de las normas sobre el uso del suelo, por lo que le recomendamos que consulte al ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, sobre la condición jurídica del terreno mencionado.

Con Información de www.elperiodista.cl

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