Conflictos urbanos persistentes debido a la falta de resolución institucional.

Por Patricio Herman, presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad.

En columnas anteriores hemos abordado situaciones confusas y potencialmente corruptas en el sector de Vivienda y Urbanismo. Examinamos dos casos que aún no han sido resueltos ni por la Corte Suprema ni por la Contraloría General de la República, lo que hace necesario ofrecer información para que los lectores puedan formarse sus propias conclusiones.

Expropiación de terreno de Copec en Las Condes

Como hemos mencionado anteriormente, Copec ha buscado maximizar los beneficios económicos de la indemnización correspondiente por la expropiación de su terreno de 1.725 m² en El Golf, Las Condes. Copec impugnó la cifra de $4.226.250.000 definida por tasadores del MOP, argumentando que la propiedad tenía potencial para una torre de 15 pisos y, en consecuencia, su valor debería ser mayor. Esto lleva a preguntarse: ¿por qué la empresa no ha construido dicha torre o no ha puesto el terreno en el mercado a un precio elevado?

Este intento de obtener beneficios se ve complicado por el hecho de que el lote en cuestión está clasificado en el Plan Regulador Comunal de Las Condes como espacio público destinado a vialidad debido a la prolongación de la avenida Isidora Goyenechea. El Consejo de Defensa del Estado (CDE) objetó la cifra de indemnización, señalando que no reflejaba adecuadamente la utilidad pública del terreno y que por eso planteó su posición en los tribunales, buscando proteger el interés fiscal y el marco regulatorio pertinente.

Es importante señalar que la utilidad pública de ese terreno ya estaba contemplada en el Plan Regulador Intercomunal de Santiago (PRIS) de 1960, pero misteriosamente fue omitida por los estudiantes en práctica que elaboraron el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) de 1994, un error que no ocurrió en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Las Condes de 1995. La expropiación se llevó a cabo en un terreno que está destinado a la construcción de una estación de la suspendida Línea 7 del Metro.

El 5 de enero de 2026, la Corte Suprema decidió de manera salomónica, validando la indemnización errónea propuesta por los tasadores del MOP, con la intención de conformar a ambas partes. Esta resolución parece haber ignorado el contenido del Certificado de Informaciones Previas (CIP) emitido por la Dirección de Obras Municipales de Las Condes, un documento administrativo vinculante.

¿Qué es el Certificado de Informaciones Previas? – SCS Arquitecto

Los abogados de Copec despreciaron el CIP emitido por la DOM de Las Condes y, ante el fallo del tribunal, solicitamos a Gloria Ana Chevesich, presidenta de la Corte Suprema, que el caso fuera revisado por el pleno de la Corte.

Recientemente, hemos sabido que ambas partes han presentado recursos de reposición. Copec insiste en que el terreno es edificable y pide un resarcimiento de casi $7.000.000.000, mientras que el CDE defiende el valor del CIP, que establece la afectación por utilidad pública del terreno. Esperamos que el juicio confirme la postura del CDE y valide la cifra de $1.951.121.325, que corresponde a los equipos instalados en el terreno, definida por este servicio del Estado.

La empresa Fundamenta y su permiso de edificación en Ñuñoa

Un día antes de que se aprobara una modificación crucial al Plan Regulador Comunal (PRC) de Ñuñoa, la empresa Fundamenta presentó una solicitud de anteproyecto para cuatro torres de 32 pisos cada una, en un terreno que antes albergaba el estadio y gimnasio Manuel Plaza, en co-propiedad con Metro S.A. Los inversionistas de Fundamenta y Frontal Trust sabían que el nuevo PRC limitaba la altura a 15 pisos y como la normativa permite disfrutar de «derechos adquiridos» con un simple anteproyecto, obtuvieron el permiso de edificación N° 296 el 12 de octubre de 2018, aprovechando estas disposiciones obsoletas pero lucrativas.

Dado que el Estudio de Sombra asociado a estas torres era ilegal, lo denunciamos en la Contraloría General de la República el 14 de octubre de 2024. Además, el 12 de junio de 2025, mantuvimos una reunión con el subcontralor general, Víctor Hugo Merino, para explicar la situación. Ante la falta de respuesta, solicitamos una audiencia formal. Sin embargo, esta fue rechazada en enero de 2026 por la jefa de la división de Infraestructura y Regulación, Gabriela Soto, quien argumentó que los antecedentes debían ser ingresados por canales formales.

Conforme al especialista Rodolfo Acha, se ha determinado que el Estudio de Sombra no proyectó adecuadamente las sombras conforme al plano de altura máxima de 17,5 metros establecido en el entonces PRC de Ñuñoa, lo que generó proyecciones de sombra artificialmente aumentadas. A pesar de esta manipulación, la diferencia con respecto al proyecto aprobado fue mínima, de solo 0,26 m².

En resumen, para que el proyecto de las cuatro torres sea legal, las alturas deben ser reducidas y los propietarios de Fundamenta y Frontal Trust deberían disculparse con el ex juez Sergio Muñoz por las injusticias sufridas. Además, sugerimos que la Contraloría nos invite a esclarecer este asunto, aunque esté prescrito.

Por último, celebramos que el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el CDE hayan firmado un convenio para el intercambio de información y colaboración, lo que augura una mejora en la eficiencia de sus procesos y, en última instancia, en el rol del Estado.

La entrada Millonarios conflictos urbanos no resueltos por la institucionalidad se publicó primero en El Periodista.

Con Información de www.elperiodista.cl

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