Comienza a regir en Chile la Ley de Velocidad Mínima Garantizada para el Acceso a Internet.

Después de más de 8 años de espera, la Ley de Velocidad Mínima Garantizada de Acceso a Internet entra en vigencia hoy en Chile. Esta normativa fue promulgada en 2017, pero el reglamento correspondiente no estuvo listo hasta 2020.

Historia de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada de Acceso a Internet

El 11 de septiembre de 2012, un grupo de parlamentarios presentó un proyecto con el objetivo de «establecer la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a internet». Tras más de cinco años de tramitación, el 3 de noviembre de 2017, la ley fue promulgada por la entonces presidenta Michelle Bachelet. Finalmente, el 5 de noviembre de ese mismo año, la ley 21.046 se publicó en el Diario Oficial, dando inicio a su aplicación.

Uno de los objetivos principales de esta nueva legislación es que los proveedores de servicios de internet aseguren un porcentaje de velocidad promedio según el horario de conexión. Además, se requiere la creación de una herramienta de medición independiente que los usuarios puedan utilizar para comprobar la velocidad y el rendimiento del servicio. Si se detecta algún incumplimiento, la empresa debe solucionar el problema y compensar al cliente afectado.

A pesar de su publicación a finales de 2017, no fue hasta marzo de este año que las autoridades comenzaron a desarrollar las reglas para regular a las empresas.

Implementación en 2024

Este miércoles se inicia una etapa de marcha blanca, lo que permite que los usuarios midan la velocidad de su conexión a internet fija mediante un cable de red conectado al router del ordenador.

La aplicación diseñada para medir la velocidad requiere información del dispositivo y datos del usuario, por lo que se debe otorgar autorización previa. Esta información es esencial para validar las mediciones realizadas.

“En esta primera fase de marcha blanca ciudadana, buscamos que las personas puedan probar y utilizar la herramienta que se ha puesto a disposición, para que se familiaricen con ella y, así, cuando comience su aplicación oficial, tengan todos los recursos para reclamar ante sus compañías en caso de incumplimientos en la entrega de servicios”. Claudio Araya, subsecretario de Telecomunicaciones, según La Tercera.

Implicaciones prácticas

Actualmente, la ley establece que los operadores deben cumplir con ciertos parámetros de calidad en el servicio. Por ejemplo, si se considera «banda ancha», los planes ofrecerán al menos 5 mbps en servicios móviles y 25 mbps en servicios fijos.

Los operadores pueden ofrecer velocidades inferiores, siempre que no utilicen el término «banda ancha». Sin embargo, este estándar será válido solo durante el primer año de vigencia. Después, la definición de banda ancha se actualizará anualmente según la velocidad promedio nacional.

Los operadores deberán mantener porcentajes mínimos de velocidad en relación con lo prometido a los clientes. En horario pico, deberán ofrecer al menos el 95% de la velocidad contratada para internet fijo y un 90% para internet inalámbrico. En horario bajo, los estándares son el 98% para internet fijo y el 93% para internet inalámbrico.

¿Cuál es tu opinión sobre la Ley?

Fuente: La Tercera

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Con Información de pisapapeles.net

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