Suprema Corte ratifica sanciones económicas por colusión en la prestación de servicios de helicópteros para combatir incendios

La Corte Suprema ha ratificado la condena dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) contra las empresas Inaer Helicopter S.A. (Inaer) y Pegasus South América Servicios Integrales de Aviación SpA (Faasa), así como contra sus ejecutivos Ricardo Pacheco y Rodrigo Lizasoaín. Estas entidades fueron halladas responsables de haber implementado un acuerdo entre 2006 y 2013 que distorsionó los procesos de licitación, tanto públicos como privados, en el sector chileno de combate a incendios forestales utilizando helicópteros.

La Tercera Sala del tribunal superior confirmó lo afirmado por el TDLC, estableciendo que el acuerdo se tradujo en cinco procesos de contratación: tres pertenecientes a Conaf entre 2006 y 2011, durante los cuales se llevó a cabo un reparto geográfico de las bases licitadas, y dos procesos privados en 2012 y 2013 junto a las empresas forestales Mininco S.A. y Masisa S.A.

Como consecuencia de estos hechos, Faasa e Inaer deberán afrontar multas que suman un total de 7.000 UTA (alrededor de $5.652 millones). De esta cantidad, Faasa abonará 4.400 UTA ($3.553 millones), mientras que Inaer pagará 2.600 UTA ($2.099 millones). Adicionalmente, cada uno de los ejecutivos deberá pagar 60 UTA ($48 millones).

La Corte Suprema subrayó que este caso tuvo un impacto significativo en un mercado crucial para la seguridad del país, afectando la extinción de incendios forestales y poniendo en riesgo tanto la vida como la propiedad de las personas. Esto constituye una grave infracción a la libre competencia, especialmente considerando que se trata de empresas con alta participación en el mercado.

SEGUNDA RESOLUCIÓN

En un segundo fallo, la Corte Suprema revocó la Sentencia N°187/23 del TDLC, atendiendo la apelación de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y sancionando a Calquín Helicopters SpA, Faasa y sus ejecutivos Pacheco y Lizasoaín por manipular la licitación de Conaf en 2014.

El máximo tribunal confirmó la existencia de un acuerdo entre las empresas y la participación de sus ejecutivos, indicando que la sanción impuesta a Faasa, Pacheco y Lizasoaín en la primera sentencia ya era suficiente debido a su conducta ilícita continua.

No obstante, Calquín, que no había operado en el mercado durante la primera condena, recibió una multa de 980 UTA ($791 millones) por su implicación en el segundo acuerdo.

Con estas resoluciones, que imponen un pago total de $6.540 millones (casi 7 millones de dólares) a las arcas fiscales, se cierran las causas relacionadas con el mercado de combate a incendios forestales, las cuales se iniciaron en 2018 por parte de la FNE, que acusó a Faasa y Martínez Ridao de un acuerdo ilegal con aviones cisterna (2009-2015), extendiéndose posteriormente al sector de helicópteros.

El fiscal nacional económico (s), Felipe Cerda Becker, valoró las condenas y resaltó que se logró sancionar todas las dimensiones investigadas en el mercado de extinción de incendios forestales, afectando tanto a empresas privadas como al estado mediante Conaf. Además, destacó que la decisión de la Corte Suprema refuerza la persecución de carteles y envía un mensaje claro: no solo las empresas, sino también sus ejecutivos, deben rendir cuentas por estos ilícitos.

Con Información de www.lanacion.cl

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