El gobierno de Chile impulsa el Proyecto de Ley 15.975-25, considerado fundamental para combatir el crimen organizado. En su discurso anual, el Presidente Gabriel Boric subrayó la importancia de «seguir la pista del dinero», advirtiendo que la no aprobación del proyecto dejaría a los líderes criminales en la impunidad. Sin embargo, detrás de estas promesas de eficiencia se encuentra un documento que muchos críticos consideran una amenaza a los derechos de los ciudadanos, con una distribución de poderes entre organismos gubernamentales inadecuada y protecciones muy limitadas contra abusos.
Conocida como «Ley de Seguridad Económica», esta propuesta ha generado preocupación incluso entre aliados del gobierno y ha sido severamente criticada por analistas, organizaciones de derechos humanos, representantes del sector empresarial y abogados independientes.
Un aspecto crucial del proyecto es el sistema de intercambio de información entre departamentos. Según el Artículo 3, el servicio tributario, aduanas, reguladores financieros, la Comisión del Juego y el Tesoro podrán compartir grandes volúmenes de datos sensibles sin restricciones claras. No obstante, el proyecto no aclara quién es responsable de la seguridad de esos datos, cómo se evitarán filtraciones, cómo se controlará el acceso o se corregirán errores, ni cómo se eliminará la información. No existen auditorías obligatorias ni procedimientos para impugnar decisiones basadas en datos erróneos. Este enfoque diluye las responsabilidades y aumenta el riesgo de abusos administrativos y fallos sistémicos.
El Artículo 4 propone la creación de bases de datos personales a gran escala, pero su fundamento es una ley obsoleta, la N.º 19.628, que no contempla principios de minimización de datos ni limitaciones en su uso. El proyecto de ley no establece disposiciones para una supervisión independiente de estos conjuntos de datos, ni menciona evaluaciones de riesgo al usar algoritmos y tecnologías de inteligencia artificial, lo cual podría facilitar la discriminación institucionalizada, así como la vigilancia digital y la invasión de la privacidad, sin mecanismos efectivos para la defensa de los ciudadanos.
El Artículo 5, que amplía las competencias de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), también ha sido objeto de críticas. Este organismo puede solicitar datos de entidades públicas y privadas sin necesidad de orden judicial ni normas de proporcionalidad. Sin embargo, no se especifica cómo se asignarán las funciones entre la UAF, el servicio tributario, los reguladores financieros y otros organismos supervisores, lo que puede llevar a duplicaciones de funciones, competencia entre agencias y una eventual reducción de la eficiencia. Los críticos advierten que la UAF podría operar como una estructura paralela sin control independiente.
Si bien los Artículos 3 a 5 han generado un amplio debate, existen otras disposiciones que también son preocupantes. El primer artículo establece un marco de inteligencia económica muy amplio, carece de parámetros claros de ciberseguridad y de sistemas de protección. El artículo 2 incrementa las sanciones penales y administrativas sin una infraestructura para detectar abusos a tiempo ni protección para denunciantes. Las restricciones para funcionarios públicos dejan fuera a contratistas y asesores externos, y tampoco hay criterios claros para monitorear el tráfico de drogas, lo que podría ser cuestionado ante el tribunal constitucional.
El Artículo 6 facultaría al servicio tributario para suspender a contribuyentes sin decisión judicial basada en motivos vagos, sin obligación de notificación ni posibilidad de defensa. El Artículo 7 establece una nueva unidad de inteligencia dentro del servicio tributario sin supervisión externa, aumentando el riesgo de investigaciones paralelas y falta de transparencia.
El Artículo 8 propone una prohibición permanente para ejercer en el sector bancario, incluso tras cumplir condenas, lo que contraviene el principio de proporcionalidad y la reinserción social. Los artículos 9 a 20 imponen sanciones basadas en acusaciones y no en condenas, lo que pone en riesgo la presunción de inocencia, especialmente para las empresas, donde estar imputado puede paralizar su actividad.
Las restricciones al comercio exterior y a zonas francas (artículos 21 y 22) aumentan la burocracia y crean nuevos procedimientos que, según expertos, podrían perjudicar la competitividad del país. El artículo 23 sobre juegos de azar establece definiciones vagas que podrían incluir tecnologías nuevas, y permite la incautación de equipos sin debido proceso, una amenaza para startups y plataformas digitales.
Los artículos finales endurecen la responsabilidad penal por delitos relacionados con el juego sin discriminar la gravedad de los mismos, y otorgan a los municipios amplias competencias sin mecanismo de apelación, propiciando potenciales abusos. El Tesoro podría retener pagos basándose en «sospechas suficientes» sin criterios claros de notificación.
Finalmente, las disposiciones transitorias son particularmente alarmantes, como una que permite la destrucción legal de registros bancarios de años anteriores, lo que presenta un riesgo real de eliminar pruebas de delitos financieros. Además, relacionar artículos individuales con la futura adopción de otras regulaciones puede generar incertidumbre legal y complicar el mercado.
A pesar de la urgencia que el gobierno le da a la votación del proyecto, alegando la necesidad de combatir la delincuencia y proteger las finanzas públicas, la versión actual presenta múltiples deficiencias y riesgos sistémicos: superposición de competencias, falta de supervisión, potenciales abusos y erosión de la confianza en el Estado. Con el pretexto de «seguridad económica», Chile corre el riesgo de concentrar el poder y crear una inestabilidad jurídica sin precedentes, afectando tanto a empresas como a ciudadanos.
Con Información de www.lanacion.cl