El 27 de febrero se divulgó un informe de la Contraloría en el que se aborda el cumplimiento de la Ley de Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia por parte de las municipalidades. Este documento expone que un 70% de los municipios en Chile violaron la ley al emitir licencias de conducir a deudores de pensión alimenticia entre noviembre de 2022 y diciembre de 2024.
De acuerdo con los datos proporcionados por la Contraloría, 3.432 deudores de pensión alimenticia renovaron sus licencias de conducir. Entre estos casos, se encuentran 65 funcionarios municipales y un concejal que permanecían en el Registro de Deudores de Pensión de Alimentos y lograron renovar sus licencias en el mismo municipio en el que laboraban. Además, 482 deudores que obtuvieron la renovación lo hicieron por ser familiares de funcionarios municipales.
El informe también indica que se emitieron 945 licencias «especiales» (18%) a deudores de alimentos. Dichas licencias son necesarias para la conducción de vehículos de Bomberos y de maquinaria automotriz, como elevadoras o montacargas, así como para vehículos policiales o de las Fuerzas Armadas.
Es importante recordar que en 2021 se implementó la ley que creó el Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia. Un año después, el congreso aprobó la ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, con el fin de supervisar y asegurar el cumplimiento de los pagos de pensiones alimenticias.
Como resultado, se establecieron restricciones para aquellos que tienen deudas de alimentos, incluyendo la imposibilidad de renovar la licencia de conducir. La Contraloría ha confirmado que se realizarán procesos de fiscalización y que todos los funcionarios municipales deben estar informados sobre esta normativa. Por lo tanto, quienes emitieron licencias a deudores de pensiones alimenticias habrían violado la ley.
“El funcionario municipal responsable de la solicitud tiene la obligación de verificar si la persona está registrada en el Registro Nacional de Deudores y, en caso afirmativo, no otorgar la licencia. De lo contrario, incurrirá en responsabilidad disciplinaria, lo que puede resultar en una multa del 10% al 50% de su salario”, concluyó la Contraloría.
Con Información de www.elciudadano.com