Por Claudia Molina B.| Justicia y Derechos Humanos
La reciente reubicación del interno Mauricio Hernández Norambuena al Centro de Alta Seguridad (CAS) de Santiago ha suscitado inquietud entre sus familiares, defensores y organizaciones de derechos humanos, a pesar de que su traslado estaba programado hacia la cárcel de Rancagua.
Recordemos que el ex Comandante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez fue trasladado el 25 de junio desde el Centro Penitenciario de Rancagua a un hospital de Gendarmería en Santiago, donde, bajo estrictas medidas de seguridad, se le realizaron varios exámenes médicos. Esta semana, se esperaba que fuera devuelto a la cárcel en la Región de O’Higgins. Sin embargo, Gendarmería modificó inesperadamente su destino y lo envió al CAS.
El cambio de centro penitenciario se realizó sin justificaciones claras por parte de las autoridades, lo que se interpreta como una medida arbitraria y sin respaldo legal. Esta decisión es particularmente grave, dado que el 3 de julio la Corte Suprema decidió acoger el recurso de amparo presentado a favor de Hernández Norambuena, revocando una resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua que imponía restricciones a su régimen de visitas.
En su fallo, la Corte destacó que la decisión de Gendarmería carecía de suficiente fundamentación y vulneraba derechos fundamentales, ya que no se presentó evidencia de que Hernández Norambuena representara un riesgo para la seguridad penitenciaria o que tuviera antecedentes de intentos de fuga. Además, enfatizó que tales medidas restrictivas profundizaban el aislamiento social y emocional de un interno de 67 años, complicando su acceso a visitas y encomiendas, especialmente debido a la distancia del penal de Rancagua y los limitados horarios de visita.
La Corte Suprema señaló:
“Se acoge el recurso de amparo deducido en estos autos y se resuelve que se deja sin efecto la decisión de Gendarmería respecto del amparado Mauricio Hernández Norambuena”.
El tribunal también subrayó que la decisión de Gendarmería “aparece como un acto inmotivado, dado que no explica las razones y justificación de por qué el nuevo sistema de enrolamiento contribuiría a salvaguardar la seguridad del establecimiento penitenciario”, perjudicando directamente la dignidad del amparado.
El abogado de Hernández Norambuena, Mauricio Menares, manifestó que “esto representa una victoria para Mauricio, pues la Corte Suprema ha determinado que limitar las personas que pueden enrolarse a su respecto es una medida injustificada que atenta contra su dignidad”.
Menares añadió que la Corte ha considerado especialmente la situación personal de Mauricio: un adulto mayor de 67 años, con un amplio círculo familiar y de amistades, y la lejanía de la cárcel de Rancagua. “Esto último es crucial, más aún teniendo en cuenta que actualmente Mauricio se encuentra en un delicado estado de salud y en el Hospital Penitenciario, sin un diagnóstico claro. Es urgente su traslado a un hospital con mejores capacidades de diagnóstico y tratamiento”.
En este nuevo contexto, el abogado de Hernández Norambuena declaró a FACTOS que “esta medida representa una nueva vulneración de derechos para su representado, ya que no existe ninguna fundamentación que explique por qué Mauricio se mantiene en un sistema de alta seguridad”.
Además, enfatizó que Hernández Norambuena no tiene antecedentes de mala conducta, ni comportamientos que pongan en riesgo su vida o la de otros, ni posibilidades de fuga, aspectos que podrían justificar una intervención tan restrictiva por parte de Gendarmería de Chile. Ante esta situación, anunció que interpondrá un nuevo recurso de protección la próxima semana.
La familia, por su parte, se muestra consternada, especialmente porque, según relatan, a una de sus abogadas le fue negado el acceso al CAS cuando intentó comunicarse con Hernández Norambuena. Asimismo, denuncian que no han recibido información sobre su estado, dejándolos en una situación de retroceso emocional y desamparo, y señalando la falta de garantías por parte de la justicia.
Con Información de factos.cl