Normativa sobre el doble pago de seguros de incendio en condominios.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha dado a conocer laNorma de Carácter General N° 556, que regula el seguro de incendio en condominios, así como laNorma de Carácter General N° 557, que introduce modificaciones a la norma de licitaciones hipotecarias.

Con estas regulaciones, se busca permitir que los copropietarios presenten la póliza colectiva de seguro contratada por el condominio a las entidades crediticias. Esto permitirá proteger los bienes e instalaciones comunes, minimizando así la posibilidad de un doble pago de seguros.

La normativa también habilita a los copropietarios a presentar la póliza del condominio ante las entidades crediticias, siempre que ofrezca coberturas al menos equivalentes a las exigidas por el seguro licitado por estas entidades.

Además, se establece que las indemnizaciones por daños parciales en las unidades cubiertas por la póliza contratada, en caso de una operación hipotecaria, se destinarán prioritariamente a la reparación del bien asegurado, en lugar de saldar el saldo insoluto con el acreedor hipotecario.

La Ley de Copropiedad también permite que los copropietarios presenten el seguro hipotecario en lugar del requerimiento del seguro de la unidad.

Para más información sobre las normas emitidas, se puede consultar la sección«Buscador normativa» en el sitio oficial. Además, la CMF también ha publicado unInforme Normativo que presenta los principales aspectos de estas normas y su evaluación de impacto.

Con Información de desenfoque.cl

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