El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ha dictado una sentencia condenatoria contra WOM por abuso de su posición dominante, al cobrar precios excesivos por la terminación de mensajes SMS en su red. La sanción impuesta asciende a 1.312 UTA, equivalente a $1.060 millones.
Las partes demandantes acusaron dos situaciones: una relacionada con un aumento de 67 veces en la tarifa por la terminación de mensajes SMS A2P, que WOM catalogó como internacionales, mientras que las demandantes la consideraron excesiva, señalando negativa de venta, estrangulamiento de márgenes y competencia desleal; y otra referida al retraso en la habilitación de servicios de numeración corta, acusando negativa de venta, discriminación arbitraria y competencia desleal.
El tribunal determinó la existencia de precios excesivos, tras analizar la conducta en diferentes etapas. En la primera etapa, se constató que WOM tenía una posición dominante al ser monopolista en el mercado de terminación de SMS A2P en su propia red, con barreras a la entrada que eran infranqueables y no transitorias.
En la segunda etapa, el tribunal concluyó que los precios cobrados eran indudablemente excesivos, usando diversos parámetros y considerando los hechos probados en el caso. Finalmente, en la tercera etapa, se desestimaron las justificaciones para la conducta de WOM.
Las demás acusaciones relacionadas con el aumento de tarifas fueron desestimadas por el tribunal, debido a la falta de pruebas.
En cuanto a las acusaciones sobre la numeración corta, el tribunal concluyó que no había abuso de posición dominante, ya que WOM no competía en el presente ni tenía la intención de hacerlo con las demandantes, además de que no se demostró que tuviera incentivos para excluirlas.
Se desestimó la acusación de competencia desleal, dado que las demandantes no eran proveedoras ni competidoras de WOM, ni se probó que ésta hubiera obtenido beneficios del supuesto desvío de clientela.
El tribunal consideró que WOM tuvo justificación suficiente para demorar la implementación de la numeración corta, debido a la incertidumbre en torno a su puesta en marcha bajo la normativa sectorial.
El tribunal ordenó a WOM revertir las facturas impagas y emitir nuevas facturas al precio originalmente acordado, con ajustes. Finalmente, impartió a WOM una multa de 1.312 UTA a beneficio fiscal.
Con Información de www.lanacion.cl