Ley N° 21.766 autoriza el uso de remanentes no consumidos de cuotas de pesca del año 2024 por parte de la pesca artesanal.

El 28 de octubre de 2025, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.766, que establece una excepción temporal a la Ley General de Pesca y Acuicultura (Ley N° 18.892), autorizando a la pesca artesanal la captura de los remanentes de cuotas no utilizados durante el año 2024.

La ley faculta el aprovechamiento de las cuotas remanentes de varias especies, como anchoveta, sardina común, sardina austral y merluza austral, abarcando diversas zonas del país, desde Arica y Parinacota hasta Aysén. Esta disposición se aplicará siempre que la pesquería correspondiente no esté declarada como agotada o colapsada por el Comité Científico pertinente, y que el traspaso de remanentes no sobrepase el 50% de la cuota global del año anterior.

El diagnóstico técnico necesario para la extracción deberá ser emitido por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca), basado en informes del Instituto de Fomento Pesquero (IFOP), y debe ser refrendado por decreto exento. Las capturas realizadas antes y después de la entrada en vigencia de la ley se contabilizarán automáticamente al remanente autorizado.

Adicionalmente, la norma establece que las cesiones de cuota efectuadas durante 2024 solo se considerarán válidas para efectos del remanente si fueron solicitadas antes del 30 de noviembre de ese año. La extracción del remanente podrá realizarse en un plazo de 45 días después del inicio de la temporada siguiente, o dentro de 90 días desde la publicación de la ley, si esta comenzó antes. En el caso de pesquerías sobreexplotadas, el plazo se acorta a 30 días y el remanente no podrá superar el 15% de la cuota global del año anterior.

La aplicación de esta ley se limita exclusivamente a los remanentes del año 2024 y no permitirá cesiones de cuota posteriores, buscando optimizar el uso de recursos pesqueros sin comprometer la sustentabilidad de los ecosistemas marinos.

Consulta la ley N° 21.766 aquí.

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Con Información de www.lanacion.cl

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