La Ley Nº 21.728 establece un aporte único para los profesionales de la educación.

El jueves 6 de febrero, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.728 que establece un aporte único para los profesionales de la educación especificados.

Esta ley proporciona un aporte único a aquellos profesionales de la educación a quienes no se les pagó completamente la asignación contemplada en el artículo 40 del Decreto de Ley N° 3.551 de 1980, debido al traspaso de los establecimientos educativos en los que trabajaban desde el Ministerio de Educación hacia las municipalidades o corporaciones municipales, o a la entrega de la administración de dichos establecimientos a entidades sin fines de lucro bajo el régimen del Decreto Ley N° 3.166 de 1980, entre 1980 y 1987.

El monto del aporte será de $4.500.000, dividido en dos cuotas (una en enero y otra en octubre), destinado a los docentes que cumplan con ciertos requisitos, incluyendo no haber presentado reclamaciones a nivel nacional o internacional.

Los cupos disponibles por año tendrán un criterio de priorización que considerará la edad de los beneficiarios, comenzando con aquellos de mayor edad hacia los de menor edad.

Puedes consultar el texto completo de la ley.

https://aldiachile.microjuris.com

Con Información de www.lanacion.cl

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