La Corte de Apelaciones de Santiago aceptó un recurso de protección interpuesto por un cliente de Enel, quien alegó que la compañía estaba realizando cobros arbitrarios superiores a lo que correspondía.
El tribunal ordenó a la empresa eléctrica que suspendiera de inmediato los cobros excesivos por el consumo de energía, los cuales fueron constatados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
En una decisión unánime (causa rol 19.814-2024), la Primera Sala de la Corte, compuesta por la ministra Sandra Araya, el ministro Fernando Guzmán y la abogada (i) María Fernanda Vásquez, señaló el comportamiento arbitrario de Enel al insistir en el cobro de alrededor de diez millones de pesos ($10.000.000).
“Con base en lo anterior, podemos afirmar que el recurrente tiene un derecho indudable, dado que el organismo fiscalizador, tras revisar la información, ha reconocido la existencia de cobros indebidos y ha ordenado a la empresa desistirse de ellos, según se desprende de los oficios previamente mencionados”, indicó el fallo.
La resolución destacó que, al examinar los antecedentes, se pudo constatar que “la recurrida ha sido contumaz en el incumplimiento de lo dispuesto por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, a pesar de que los dictámenes emitidos a raíz de los reclamos presentados por el cliente son de carácter obligatorio para la empresa de distribución eléctrica”.
Para el tribunal de alzada, Enel incurrió en “cobros reiterados que han sido tachados de injustificados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles”, lo cual puede considerarse “ilegal y arbitrario”.
Enel persistió en cobros indebidos
Según el fallo de la Corte de Apelaciones, el usuario afectado denunció haber sido víctima de “cobros excesivos e injustificados por parte de ENEL Distribución Chile S.A., señalando que los usuarios en su propiedad han recibido facturas máximas sin una medición efectiva del consumo”.
El afectado mencionó que había reportado esta situación en tres ocasiones ante la Superintendencia de Electricidad y que el organismo había dictado una resolución a su favor, ordenando a Enel cesar los cobros indebidos, algo que la compañía eléctrica no cumplió.
El cliente que presentó el recurso de protección afirmó que el arrendatario está al día con los pagos y aseguró que los cobros por parte de Enel datan del año 2010, a pesar de que el arrendatario llegó al inmueble en 2020.
El afectado presentó una queja por los cobros excesivos de Enel en agosto de 2023 ante la Superintendencia. Esta entidad admitió la denuncia y ordenó a la empresa reducir la deuda a $2.685.679, cuando el usuario tenía una deuda anterior que superaba los 11 millones de pesos.
Posteriormente, en octubre de 2023, el cliente presentó una nueva apelación, que también fue aceptada a su favor. Sin embargo, Enel solicitó la anulación de la rebaja, pero sin éxito. En julio de 2024, el cliente volvió a reclamar ante la SEC por incumplimiento de la instrucción anterior, pero la empresa eléctrica reiteró que la reducción no era aplicable.
Frente a esta circunstancia, el recurrente solicitó la intervención de la Corte de Apelaciones para que ordenara a Enel cumplir con las decisiones de la SEC y, de esta manera, eliminar los cobros arbitrarios y abusivos.
Luego de revisar los antecedentes del caso, el tribunal de alzada concluyó que “el actuar de la recurrida, al cobrar al recurrente por montos que han sido declarados como injustificados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, es calificado como ilegal y arbitrario”.
Por lo tanto, “se acoge, con costas, el recurso presentado en contra de Enel Distribución Chile S.A., ordenándose a esta última cumplir con las resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, según lo ya descrito”.
Con Información de www.elciudadano.com