La Comisión para el Mercado Financiero ha iniciado un procedimiento sancionador y la formulación de cargos contra Sartor AGF S.A.

Azul Azul: La CMF ha iniciado un procedimiento sancionatorio contra Sartor AGF S.A.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha informado sobre el inicio de un procedimiento sancionatorio y la presentación de cargos en contra de Sartor AGF S.A., actualmente en proceso de liquidación, así como de sus ex directores y ejecutivos, que incluyen a Pedro Pablo Larraín, Alfredo Harz, Michael Clark, Oscar Ebel, Miguel León, Mauro Valdés, Rodrigo Bustamante y Juan Carlos Jorquera.

El Consejo de la CMF, en ejercicio de sus facultades legales y con el propósito de salvaguardar la confianza pública y los intereses de los inversionistas, ha decidido hacer pública la apertura de este procedimiento y los cargos correspondientes.

La CMF comunica que su Unidad de Investigación ha iniciado un procedimiento administrativo sancionador y ha formulado cargos contra Sartor Administradora General de Fondos S.A., en liquidación, así como contra sus ex directores y ejecutivos: Pedro Pablo Larraín Mery, Alfredo Harz Castro, Michael Mark Clark Varela, Oscar Ebel Sepúlveda, Miguel León Núñez, Mauro Valdés Raczynski, Rodrigo Bustamante García y Juan Carlos Jorquera Salhus.

Según lo dispuesto en el artículo 28 del D.L. N° 3.538 (Ley CMF), este procedimiento administrativo es de carácter reservado.

A pesar de esto, el Consejo de la CMF ha optado por hacer públicos el inicio del procedimiento y los cargos formulados, con el objetivo de proteger la confianza pública y los intereses de los inversionistas involucrados.

Este acto no menoscaba la naturaleza reservada de los documentos recopilados por la Unidad de Investigación ni del oficio de cargos.

Es relevante destacar que las acusaciones se refieren a hechos que ocurrieron antes de la intervención de la CMF a Sartor AGF, que tuvo lugar a finales de 2024.

La Unidad de Investigación ha notificado al Consejo acerca de los cargos presentados

Respecto a Sartor Administradora General de Fondos S.A. en liquidación, se han formulado las siguientes acusaciones:

Grave y reiterada infracción a la obligación de llevar a cabo todas las gestiones necesarias, con la debida diligencia y cuidado, para cumplir con los objetivos establecidos en el reglamento interno del fondo en relación con la rentabilidad y seguridad de las inversiones. Asimismo, se alega que deben administrar cada fondo en beneficio exclusivo de este, y que todas las transacciones de compra y venta de activos deben realizarse en beneficio del fondo, conforme lo estipulado en el inciso primero del artículo 17 de la Ley Única de Fondos (LUF), en relación con el artículo 19 de la misma ley.

Esto se fundamenta en que Sartor AGF ha mostrado una negligencia evidente en la administración de los recursos de los fondos, violando lo establecido en los artículos 22, 56, 61 y 62 de la Ley Única de Fondos y la Circular N°1.869 de 2008.

Además, se les acusa de proporcionar información errónea al mercado, al público y a la CMF, incurriendo en las prácticas descritas en los artículos 59 a) y 62 f) de la Ley 18.045, en concordancia con lo indicado en el artículo 5º número 8 inciso primero de la Ley de la CMF, así como en la Circular N°1.998 de 2010, el Oficio Circular N°592 de 2010 y en la IFRS 9.

Esto se debe a que los estados financieros de los Fondos de Inversión Sartor Leasing y Sartor Táctico al 31 de diciembre de 2023, y los informes intermedios de marzo, junio y septiembre de 2024, no reflejaban con precisión la verdadera situación económica, patrimonial y financiera de estos Fondos de Inversión.

En lo que respecta a los ex directores: Pedro Pablo Larraín Mery, Alfredo Harz Castro, Michael Mark Clark Varela, Oscar Ebel Sepúlveda, Miguel León Núñez, Mauro Valdés Raczynski y Rodrigo Bustamante García, se les han formulado cargos por:

Grave y reiterada infracción a la obligación de los directores de realizar todas las gestiones necesarias, con el cuidado y la diligencia debidos, para garantizar la obtención de los objetivos establecidos en el reglamento interno del fondo en cuanto a la rentabilidad y seguridad de las inversiones; así como de administrar cada fondo atendiendo exclusivamente a sus mejores intereses, incluyendo que todas las operaciones de adquisición y enajenación de activos se lleven a cabo de la manera más favorable para el fondo, conforme lo establecido en el artículo 17 inciso primero y el artículo 20 letras c) y e) de la LUF, así como el artículo 41 de la Ley 18.046 en relación con el artículo 78 del Nuevo Reglamento de Sociedades Anónimas, considerando que incurrieron en infracciones a lo estipulado en los artículos 61 y 62 de la Ley Única de Fondos y a la Circular N°1.869 de 2008.

Para los directores mencionados: Pedro Pablo Larraín Mery, Alfredo Harz Castro, Michael Mark Clark Varela, Oscar Ebel Sepúlveda, Mauro Valdés Raczynski y Rodrigo Bustamante García, así como el gerente general Juan Carlos Jorquera Salhus, se han presentado cargos por:

Proporcionar información engañosa al mercado, al público y a la CMF, incurriendo en las conductas estipuladas en los artículos 59 a) y 62 f) de la Ley 18.045, en relación con el artículo 5º número 8 inciso primero de la Ley de la CMF, la Circular N°1.998 de 2010, el Oficio Circular N°592 de 2010 y en la IFRS 9, dado que los estados financieros de los Fondos de Inversión Sartor Leasing y Sartor Táctico a 31 de diciembre de 2023, así como los informes intermedios de marzo, junio y septiembre de 2024, no reflejaron la verdadera situación económica, patrimonial y financiera de dichos fondos.

Asimismo, para Pedro Pablo Larraín Mery, Alfredo Harz Castro, Oscar Ebel Sepúlveda y Rodrigo Bustamante García, se han formulado cargos por:

Infracción al deber de administrar y gestionar las inversiones de la Administradora de manera separada, independiente y autónoma de otras funciones similares, como la intermediación de valores, asesoría financiera, gestión y otorgamiento de créditos, como se señala en el artículo 169 inciso segundo de la Ley 18.045.

Esto se fundamenta en que, por lo menos entre enero de 2021 y noviembre de 2024, Larraín Mery, Harz Castro y Ebel Sepúlveda desempeñaron simultáneamente funciones como directores en Sartor AGF y Sartor Wealth Management (WM), mientras que Bustamante García fue director de Sartor AGF desde el 25 de agosto de 2023 hasta el 29 de julio de 2024, período durante el cual también ocupó el cargo de Gerente General en Sartor WM.

Finalmente, se ha formulado el siguiente cargo a Alfredo Harz Castro:

Infracción a lo estipulado en el artículo 49 inciso final de la Ley 18.046, dado que entre el 30 de diciembre de 2020 y el 13 de noviembre de 2024, ocupó el cargo de director de Sartor AGF y, al mismo tiempo, cumplía funciones gerenciales como «Director de Inversiones» en la misma Administradora.

Conforme al procedimiento sancionador de la CMF, se inicia ahora la etapa de descargos ante la Unidad de Investigación, donde los acusados pueden presentar pruebas que les permitan absolverse o atenuar su responsabilidad en las infracciones acusadas.

Para más detalles sobre el proceso supervisor y sancionador, así como sobre la Resolución Exenta N° 3723 del 15 de abril de 2025, puedes consultar aquí.

Con información de portalmetropolitano.cl

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Con Información de chilelindo.org

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