Justicia, venganza o sanción permanente: un análisis de sus implicaciones.

El reciente comunicado del Comité para la Prevención de la Tortura (CPT) de Chile, sobre un proyecto de ley que busca permitir la suspensión o cumplimiento alternativo de penas para personas gravemente enfermas o de avanzada edad, incluye una afirmación alarmante e inaceptable. Aunque el Comité valora la propuesta, introduce un criterio que, en lugar de proteger los derechos humanos, los infringe de manera severa: sugiere que quienes hayan sido condenados por delitos de lesa humanidad no deberían acceder a estos beneficios a menos que muestren arrepentimiento o colaboren con la justicia.

Este enfoque legal no solo resulta discriminatorio, sino que también es moralmente reprobable y jurídicamente cuestionable. Condicionar un beneficio humanitario al «arrepentimiento» de alguien que se declara inocente no solo distorsiona la noción de justicia, sino que también infringe principios constitucionales y tratados internacionales. En efecto, tales prácticas pueden constituir trato cruel, inhumano o degradante, tal como lo prohíbe la Convención contra la Tortura, ratificada por Chile.

Además, surge la pregunta: ¿cómo puede alguien demostrar arrepentimiento si no se considera culpable? ¿Qué pasa con condenas derivadas de procesos judiciales plagados de irregularidades o de pruebas manipuladas? En este contexto, exigir el reconocimiento de culpa para acceder a un beneficio es coacción institucional. Si este tipo de presión proviene del Estado, incluso con el respaldo de organismos de derechos humanos, estamos ante una forma moderna de tortura, legitimada a través de legalismos engañosos.

La desconfianza en el sistema judicial chileno no es un capricho. Varios fallos recientes han sido cuestionados por ignorar el principio de cosa juzgada, reinterpretar hechos sin nuevas evidencias, o utilizar criterios ideológicos en lugar de jurídicos. Hemos visto jueces que declaran abiertamente su orientación política, fiscales que convierten juicios en tribunas de opinión y organismos como el INDH que participan en campañas contra instituciones como Carabineros, sin el rigor necesario.

Por si fuera poco, las declaraciones del expresidente uruguayo José Mujica y su esposa Lucía Topolansky—figuras emblemáticas de la izquierda latinoamericana—confirmaron que en su país se condenó a militares con testimonios falsos y acusaciones sin fundamento, con claros objetivos políticos. Si eso sucedió en Uruguay, donde el clima ideológico ha sido similar al de Chile, ¿por qué suponer que aquí todo ha sido justo y objetivo?

Quizás sea el momento de examinar, con la misma atención que se exige en otros casos, las condiciones de detención de aquellos que hoy están gravemente enfermos, ancianos y muchos de los cuales han sido declarados inocentes. Tal vez la verdadera justicia no radique en forzar confesiones ni en imponer un arrepentimiento superficial, sino en permitir—como corresponde en un Estado de Derecho—una revisión imparcial y actualizada de casos juzgados bajo un sistema inquisitivo obsoleto, y carente de las garantías procesales que hoy consideramos esenciales.

Chile necesita una justicia que construya puentes y no que perpetúe el odio. Que respete el principio de igualdad ante la ley, incluso cuando el discurso político dominante ha decidido excluir a algunos del ámbito de la compasión y la legalidad. Porque si los derechos humanos no son universales—incluyendo a quienes han sido uniformados—entonces no son verdaderos derechos, sino privilegios ideológicos.

La entrada ¿Justicia, venganza o castigo eterno? se publicó primero en El Periodista.

Con Información de www.elperiodista.cl

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