Inicio Nacional Indemnización de $90 millones por lesión ocular.

Indemnización de $90 millones por lesión ocular.

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La Corte de Apelaciones de Rancagua ha emitido la primera condena al Estado por incidentes ocurridos durante el estallido social de 2019. La sentencia establece que el Estado debe indemnizar con $90 millones a Nicolás Flores Rivas, quien sufrió un trauma ocular tras ser alcanzado por un perdigón en una manifestación el 20 de octubre de ese año, lo que le costó la pérdida total de su ojo izquierdo.

De acuerdo con información de La Tercera, la demanda por indemnización fue presentada en abril de 2021 ante el Juzgado Civil de Rancagua y se trata de la primera de 22 causas civiles que está siendo revisada por esta Corte en este contexto. En un fallo anterior, el tribunal civil había reconocido el daño moral sufrido por Flores, pero había rechazado el monto de compensación solicitado por el demandante, que ascendía a $340 millones, considerándolo desproporcionado.

Para evitar errores procesales, el tribunal no estableció una cantidad específica de indemnización, lo que llevó a ambas partes a apelar la resolución.

Los abogados de Flores argumentaron que el fallo inicial no incluía un monto menor de compensación, afectando así a su cliente. Por su parte, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) apeló para que no se reconociera que el daño había sido causado por un balín de Carabineros.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones desestimó los argumentos del CDE, concluyendo que estaba demostrado que la lesión de Flores fue resultado del uso negligente de una escopeta antidisturbios por parte de Carabineros.

En su fallo, el tribunal señaló que la pérdida del ojo representa un daño considerable que afecta de manera permanente la vida cotidiana de Flores, limitando sus actividades normales y causando dolor tanto físico como emocional.

Por lo tanto, determinó que el Estado debe asumir la responsabilidad patrimonial por la falta de servicio cometida por Carabineros en el manejo del armamento durante la protesta.

Con Información de www.lanacion.cl

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