Implementación de un nuevo sistema tributario para feriantes en Chile.

Consejos de Camila Castro sobre el nuevo régimen tributario para feriantes en Chile: simplificación y formalización.

El Congreso Nacional ha aprobado un nuevo régimen tributario destinado a los comerciantes de ferias libres, con el objetivo de facilitar su formalización y simplificar sus obligaciones fiscales.

Nuevo régimen tributario para feriantes

Esta iniciativa busca integrar a miles de pequeños vendedores al sistema formal, reconociendo su rol fundamental en la economía local y el tejido social del país.

El régimen introduce un impuesto sustitutivo del IVA del 19%, aplicable únicamente a las ventas realizadas mediante medios de pago electrónicos, como tarjetas y transferencias.

La tasa será del 1,5%, y la suma de este impuesto más la comisión del operador del medio de pago no podrá superar el 3,5% del monto de la venta.

Los operadores de los medios de pago electrónico serán responsables de retener, declarar y pagar este impuesto al Fisco, liberando a los feriantes de la carga de llevar una contabilidad formal y de presentar declaraciones de impuestos vinculadas al IVA.

Esto reducirá significativamente las barreras burocráticas y financieras para este sector.

Camila Castro, directora de la Carrera de Contador Auditor del Campus Online de Universidad de Las Américas, menciona que aquellos que cumplan con los siguientes requisitos podrán optar por este régimen:

  • Ejercer actividades comerciales en ferias libres.
  • Tener un permiso o patente otorgada por la municipalidad correspondiente.
  • Haber iniciado actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) exclusivamente con el giro de ferias libres.

La inscripción en este régimen es voluntaria y puede realizarse al iniciar actividades o durante el mes de enero de cada año.

Los comerciantes de ferias libres interesados en acogerse a esta normativa tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para presentar ante el SII la titularidad de su permiso o patente municipal y solicitar su inscripción en el registro correspondiente.

El procedimiento para su incorporación comenzará el 1 de enero de 2026.

La especialista de UDLA destaca los beneficios de esta nueva modalidad:

  • Simplificación tributaria: los feriantes no necesitarán llevar contabilidad formal ni presentar declaraciones de impuestos asociadas al IVA.
  • Reducción de la carga impositiva: se sustituye el IVA del 19% por un impuesto del 1,5% sobre las ventas realizadas con medios de pago electrónicos.
  • Facilitación de la formalización: se busca integrar a los comerciantes de ferias libres al sistema tributario formal de manera sencilla y adaptada a sus realidades.

“Este es un avance significativo hacia una economía más inclusiva y justa. Facilitar la formalización de los comerciantes de ferias libres no solo reduce su carga administrativa, sino que también promueve la seguridad económica de miles de familias que dependen de esta actividad”, afirmó.

“Al simplificar trámites y adaptar normativas a la realidad del comercio local, damos un paso importante hacia un sistema tributario más equitativo y accesible, donde todos puedan prosperar”, concluyó Camila Castro, Directora de la Carrera de Contador Auditor del Campus Online de la Universidad de Las Américas.

Con Información de chilelindo.org

Previous Post
Next Post
Advertisement