Este viernes 2 de mayo comenzará la restricción vehicular en el Gran Santiago, aplicando los dígitos 4 y 5. Esta medida, parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC), estaba prevista para iniciar el jueves 1, pero no entró en vigor debido al feriado.
La restricción afectará a más de 312 mil vehículos que circulan en la capital, desde motos hasta camiones, enfocándose en los más contaminantes: aquellos sin sello verde, o con sello pero matriculados antes del 1 de septiembre de 2011. En el caso de las motocicletas, aplica a las matriculadas antes del 1 de septiembre de 2010.
Asimismo, la restricción incluye camionetas, que se consideran vehículos de carga para efectos de fiscalización.
El calendario estipulado por las autoridades es el siguiente: 6 y 7 (lunes), 8 y 9 (martes), 0 y 1 (miércoles), 2 y 3 (jueves) y 4 y 5 (viernes), continuando hasta el 31 de agosto. Los dígitos podrían aumentar en días de preemergencia o emergencia ambiental.
La medida aplica en toda la provincia de Santiago, así como en las comunas de Puente Alto y San Bernardo. El horario de restricción es de lunes a viernes de 7:30 a 21 horas, excepto festivos. Los vehículos no catalíticos tienen una restricción de cuatro dígitos, que para hoy son 8, 9, 0 y 1.
El control se realizará mediante más de 400 cámaras y personal de la División de Fiscalización de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), además de equipos de Carabineros. Las multas por incumplimientos oscilan entre 1 y 1,5 UTM.
Están exentos de la restricción los vehículos de Carabineros, PDI, Bomberos, Gendarmería, ambulancias, fiscalización, municipalidades con funciones policiales, estatales, transporte público urbano, diplomáticos, transporte escolar autorizado, funerarios, equipos de TV con transmisión, eléctricos o híbridos, a gas con revisión vigente, recolectores de basura y servicios médicos o de emergencia.
Asimismo, los vehículos de personas con discapacidad, enfermedades crónicas o TEA están exentos, siempre que cuenten con una credencial o certificado médico que acredite su condición. En estos casos, será necesaria una autorización previa de la Seremi de Transportes para poder circular.
Con Información de www.lanacion.cl