Este martes, a partir de las 8:30 horas, se llevará a cabo la formalización de cinco detenidos por tráfico de ketamina en el Juzgado de Garantía de Iquique, tras ser descubierto en la base aérea “Los Cóndores” de la capital de Tarapacá.
El tribunal de Iquique aceptó el sábado su competencia sobre el caso e instruyó a la Fiscalía local para que se encargara de la investigación y convocara a los imputados a la audiencia de formalización programada para este martes.
Los acusados son Danilo Rivas Pulgar, Elías Villalonga Martínez, Mauricio Ponce Dinamarca, María Rebolledo Díaz y Rodrigo Silva Fuentes.
Todos fueron formalizados el 6 de julio por tráfico de drogas ante el tribunal de Aviación, pero este se declaró incompetente el sábado.
Tras la actualización de competencia, los exfuncionarios de la FACH, Elías Villalonga, Mauricio Ponce y María Rebolledo, quienes estaban en el Centro de Detención Preventiva de la Base Aérea El Bosque, fueron puestos a disposición de Gendarmería de Chile.
En la actualidad, Villalonga y Ponce cumplen prisión preventiva en el CDP Santiago 1, mientras que Rebolledo Díaz se encuentra en el CPF San Miguel. Los otros dos imputados, Rivas y Silva, permanecen en el Complejo Penitenciario de Alto Hospicio.
El caso se inició el 3 de julio, cuando se detectó una maleta con sustancias ilegales que iba a ser embarcada en un vuelo institucional de Iquique a Santiago. La droga había sido introducida en la Base Aérea “Los Cóndores”, lo que dio pie a la apertura inmediata de una investigación por parte de la Fiscalía de Aviación.
MOTIVOS DE LA INCOMPETENCIA
El Juzgado de Aviación argumentó su incompetencia señalando que el ilícito tuvo lugar fuera del ámbito militar.
El tribunal concluyó que la realización del delito se originó en un domicilio particular y no en un recinto militar ni en el marco de un acto de servicio.
Según los testimonios ante la PDI, Danilo Rivas Pulgar recibió la maleta en su hogar en Iquique y la trasladó él mismo a la base aérea “Los Cóndores”.
Este hecho fue fundamental, ya que el artículo 5 N°3 del Código de Justicia Militar limita la competencia castrense a delitos cometidos por militares durante situaciones específicas, las cuales no se presentaban en este caso.
Además, la incompetencia se sustentó en que la red criminal operaba fuera de la FACH.
El tribunal determinó que la estructura criminal encargada del tráfico de drogas no eran parte de la Fuerza Aérea, sino que operaba desde Santiago, involucrando a los imputados solo para facilitar el traslado ilícito hacia la capital.
Esto reforzó la noción de que el delito afectaba un bien jurídico común, como la salud pública, y no un interés exclusivamente militar, como requieren las normas para ejercer jurisdicción militar.
Finalmente, el tribunal de Aviación tuvo en cuenta la participación de civiles.
En jerarquía de la Ley N° 20.477, que reforma la competencia de los tribunales militares, se establece que ningún civil puede ser juzgado por la justicia militar, ya sea como víctima o imputado.
Dado que algunos de los acusados no son militares activos, el caso debió ser tramitado obligatoriamente en tribunales ordinarios. El fallo del Juzgado de Aviación reafirmó los límites que la legislación chilena impone a la justicia militar y destacó que el crimen organizado debe ser enfrentado con las herramientas del sistema penal ordinario, especialmente cuando involucra estructuras ajenas a las Fuerzas Armadas.
Con Información de www.lanacion.cl