La Sala de la Cámara aprobó los ajustes del Senado al proyecto que prohíbe y regula el uso de dispositivos digitales, como celulares, en los establecimientos educativos (boletines 11728, 12885, 16062, 16520, 16527, 16574 y 16575). Como resultado, la iniciativa está lista para ser remitida al Ejecutivo para su promulgación como ley.
Las modificaciones adoptadas en el segundo trámite recibieron un amplio respaldo, sin votos en contra. Entre estas modificaciones, se sustituyó el término de medios tecnológicos de telefonía móvil por dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal. Esto abarcará los medios tecnológicos que permiten realizar telecomunicaciones y acceder a internet para mantener interacciones y consultar contenidos digitales.
Prohibición del uso de celulares
Ahora, el texto prohíbe el uso de dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal en los establecimientos educativos que imparten educación básica y media.
Sin embargo, se establecen ciertas excepciones que permiten su uso en situaciones específicas:
– Si el estudiante presenta necesidades educativas especiales, donde el uso de estos dispositivos se considera una ayuda técnica para su aprendizaje, lo cual debe ser respaldado por un certificado de un profesional competente.
– En casos de emergencia, desastre o catástrofe.
– Si el alumno tiene una enfermedad o condición de salud diagnosticada por un médico que requiera monitoreo periódico a través de dispositivos móviles, lo cual también deberá ser acreditado con un certificado médico.
– Cuando la utilización de estos dispositivos sea beneficiosa para la enseñanza, ya sea en actividades curriculares o extracurriculares en educación básica o media.
– Si un padre, madre o apoderado lo solicita de manera fundamentada y temporal, exclusivamente por razones de seguridad personal o familiar del estudiante.
Las excepciones relacionadas con actividades curriculares y la última mencionada deberán contar con la autorización del director del establecimiento.
Reglamentos internos
El texto establece que le corresponde a la Superintendencia de Educación implementar la prohibición mediante sus instructivos. Para ello, se considerarán mecanismos, condiciones y consecuencias en torno al uso de dispositivos móviles.
La prohibición se aplicará durante las actividades curriculares dentro de las aulas y se extenderá a todos los miembros de la comunidad educativa.
En el nivel de educación media, los reglamentos podrán definir espacios, horarios y actividades específicas en las que se autorice el uso de dispositivos móviles, teniendo en cuenta la progresiva autonomía de los estudiantes. También se establecerán procedimientos y medidas para regular su uso adecuado y las posibles consecuencias del incumplimiento.
Además, se espera que los establecimientos educativos de parvularia, básica o media informen a toda la comunidad educativa sobre el uso responsable de los dispositivos móviles y sus riesgos. Asimismo, promoverán actividades formativas que prevengan su uso indebido y la posible comisión de delitos con estos dispositivos.
La prohibición entrará en vigor al iniciar el año escolar 2026, lo que establece un plazo hasta el 30 de junio para la actualización de los reglamentos internos.
Finalmente, se determina que en 2030, el Ministerio de Educación llevará a cabo una evaluación de esta medida.
El post Congreso despachó ley que prohíbe uso del celular en recintos educacionales apareció primero en La Nación.
Con Información de www.lanacion.cl