Diputados aprueban proyecto que fortalece los mecanismos de regulación del comercio ambulante y lo envían al Senado.

La Cámara de Diputadas y Diputados ha aprobado un proyecto de ley que modifica la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, con el objetivo de establecer nuevos mecanismos de control y supervisión sobre el comercio ambulante informal e ilegal. Este proyecto ha sido enviado al Senado para continuar con su segundo trámite constitucional.

Facultades municipales y rendición de cuentas

La normativa aprobada permite a las municipalidades implementar acciones y medidas para recuperar espacios públicos que se han visto afectados por el comercio ambulante o estacionado que infringe las regulaciones vigentes.

Además, los alcaldes deberán presentar informes trimestrales al Consejo Comunal de Seguridad Pública, detallando el número de permisos otorgados para el comercio en espacios públicos, así como las condiciones bajo las cuales fueron concedidos y mantenidos.

Asimismo, los municipios deberán realizar una rendición de cuentas pública anual sobre los permisos emitidos y las acciones llevadas a cabo para recuperar los espacios públicos y disminuir el comercio no autorizado.

Delegados y coordinación interinstitucional

La nueva norma permite a los municipios designar delegados encargados de detectar y prevenir el comercio ambulante o estacionado en la vía pública. Estos delegados podrán coordinar sus esfuerzos con otras entidades públicas, como el Servicio Nacional de Aduanas y las Secretarías Regionales Ministeriales de Seguridad Pública y de Salud.

El Consejo Comunal de Seguridad Pública también podrá opinar sobre los permisos otorgados y su impacto en la seguridad local. Adicionalmente, el Plan Comunal de Seguridad Pública debe incluir medidas y objetivos específicos para el control de esta actividad.

Fiscalización y sanciones

El proyecto establece que la fiscalización del comercio ambulante informal e ilegal estará a cargo de Carabineros de Chile y de inspectores fiscales o municipales. Las infracciones a la normativa se sancionarán con multas que van de media a dos Unidades Tributarias Mensuales (UTM), y en caso de reincidencias, entre dos y cuatro UTM.

Se prevén sanciones para quienes almacenan o mantienen depósitos de mercancías sin la correspondiente patente municipal o con patente vencida, con multas que podrían alcanzar el 200% del monto de la patente o hasta 20 UTM.

Las ordenanzas municipales tendrán que regular el decomiso y la destrucción de mercancías, asegurando que el proceso no exceda las 48 horas. Los vehículos motorizados o carros de arrastre utilizados sin permiso ni patente serán retirados y adjudicados a través de subasta pública.

Regulación del comercio autorizado

Por último, las municipalidades deberán establecer en sus ordenanzas los lugares permitidos para el comercio ambulante y crear un sistema único de identificación personal con registro fotográfico para aquellos que posean autorización.

Estas ordenanzas deben elaborarse considerando el diagnóstico de seguridad pública de la comuna y siguiendo las directrices del Plan Comunal de Seguridad Pública, garantizando una regulación alineada con las políticas locales de seguridad y convivencia.

Consulte el boletín N° 17.615 aquí.

(Fuente: cámara)

https://aldiachile.microjuris.com

Con Información de www.lanacion.cl

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