Corte Suprema ratifica las condenas a 46 agentes de la DINA por delitos contra líderes del Partido Comunista.

Condena de la Corte Suprema a ex agentes de la DINA por secuestros y homicidio en el caso «Conferencia 1»

En un veredicto unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema ratificó las condenas impuestas a ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su implicación en secuestros y el homicidio de figuras destacadas del Partido Comunista, en el caso conocido como «Conferencia 1». Los crímenes, que se llevaron a cabo entre mayo de 1976 y enero de 1977, incluyen el secuestro de Mario Jaime Zamorano Donoso, Onofre Jorge Muñoz Poutays, Uldarico Donaire Cortez, Jaime Patricio Donato Avendaño, Elisa del Carmen Escobar Cepeda, Lenin Adán Díaz Silva, Víctor Manuel Díaz López y Eliana Marina Espinoza Fernández, así como el homicidio calificado de Víctor Díaz López.

La sentencia fue emitida por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, María Cristina Gajardo y los juristas Álvaro Vidal y Raúl Fuentes, quienes condenaron a:

  1. 20 años de prisión: Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko.
  2. 15 años de prisión: Emilio Troncoso Vivallos, Claudio Pacheco Fernández, Jorge Díaz Radulovich, Orlando Altamirano Sanhueza, Eduardo Cabezas Mardones, Guillermo Díaz Ramírez, Orlando Torrejón Gatica, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Carlos Miranda Mesa, Carlos López Inostroza, Lionel Medrano Rivas, Juvenal Piña Garrido, José Ojeda Obando, José Seco Alarcón, Roberto Rodríguez Manquel y Leonidas Méndez Moreno.
  3. 12 y 5 años de prisión: Sergio Escalona Acuña, Gladys Calderón Carreño y Sergio Pichunmán Cariqueo.
  4. 8 años de prisión: Juan Morales Salgado.
  5. 6 años de prisión: Jorge Andrade Gómez y Federico Chaigneau Sepúlveda.
  6. 5 años y un día de prisión: Elisa Magna Astudillo, Orfa Saavedra Vásquez, Celinda Aspe Rojas, Teresa Navarro Navarro, Berta Jiménez Escobar, Jorge Arriagada Mora, Eduardo Oyarce Riquelme, Ana Vilches Muñoz, Italia Vaccarella Gilio, Jorge Manríquez Manterola Sotelo, Gustavo Guerrero Aguilera, Luis Lagos Yáñez, María Angélica Guerrero Soto, Sergio Castro Andrade, Pedro Gutiérrez Valdés, Joyce Ahumada Despouy, Hiro Álvarez Vega, José Miguel Meza Serrano, Carlos Bermúdez Méndez, Marilin Melahani Silva Vergara, Camilo Torres Negrier y Juan Suazo Saldaña.

El dictamen enfatizó que «las alegaciones procesales en favor de los condenados presentan defectos evidentes, ya que en todos los casos se exponen argumentos que se desconectan entre sí, ignorando los hechos probados». La Corte desestimó los recursos de casación, afirmando que «el recurso de casación en el fondo busca corregir errores en la aplicación de la ley a los hechos del juicio y no puede extenderse a otras cuestiones».

La resolución destacó que «los acusados tenían co-dominio sobre los hechos, contribuyendo funcionalmente a la realización del ilícito en su totalidad, formando parte de la agrupación represiva que planificó el secuestro y desaparición de las víctimas». Se citó al jurista alemán Claus Roxin para respaldar la responsabilidad de los acusados bajo la teoría del dominio del hecho, subrayando que «se maniesta desde una perspectiva de control sobre la acción, un dominio funcional o el control de la voluntad».

 Acceder al fallo de la Corte Suprema

Secuencia de los hechos delictivos:

En un fallo de primera instancia, el ministro en visita Miguel Vázquez Plaza determinó la secuencia de eventos que configuran la persecución de la cúpula del Partido Comunista en 1976 por parte de la DINA. «A finales de 1975 o inicios de 1976, la DINA experimentó un cambio operativo, centrado en la represión del Partido Comunista», determinó el magistrado, identificando a las agrupaciones de Barriga y Lawrence como los principales ejecutores.

La operación conocida como «Ratonera» inició el 30 de abril de 1976 en la dirección Conferencia N°1587, en Santiago, donde se esperaba la llegada de los más importantes líderes comunistas. «Agentes de la DINA detuvieron a Juan Becerra Barrera, su esposa María Angélica Gutiérrez Gómez y su prima Eliana Vidal, quienes fueron interrogados bajo coacción para obtener información sobre Mario Zamorano Donoso y Víctor Díaz López», indica el fallo. Posteriormente, se les obligó a simular normalidad mientras cinco agentes armados aguardaban la llegada de otros militantes.

El 4 de mayo de 1976, «aproximadamente a las 19:00 horas, llegó al lugar Mario Jaime Zamorano Donoso, quien, tras un forcejeo, resultó herido de bala en el muslo y fue trasladado a Villa Grimaldi», relata la resolución judicial. Testigos como Máximo Vásquez Garay confirmaron su presencia en ese centro de detención. Esa misma noche, «a las 21:00 horas, fue detenido Onofre Jorge Muñoz Poutays, miembro del Comité Central y esposo de Gladys Marín, quien también fue llevado a Villa Grimaldi».

El operativo continuó al día siguiente, cuando «el 5 de mayo, entre las 09:00 y 09:30 horas, fueron arrestados Uldarico Donaire Cortez y Jaime Patricio Donato Avendaño», según informes de la Fundación Vicaría de la Solidaridad. El 6 de mayo, «entre las 13:00 y 14:00 horas, fue detenida la enlace Elisa del Carmen Escobar Cepeda, conocida como ‘Marcela’», quien también fue llevada a Villa Grimaldi.

Las detenciones prosiguieron el 9 de mayo con Lenin Adán Díaz Silva, «quien fue visto por el detenido Isaac Godoy Castillo en Villa Grimaldi». Tres días después, el 12 de mayo, «Eliana Marina Espinoza Fernández, alias ‘Sara’ o ‘Ana’, miembro de la Comisión Nacional de Propaganda, fue capturada mientras intentaba avisar a Víctor Díaz López», detalla la resolución.

El fallo también aborda la implicación de altos mandos en la planificación de la operación, afirmando que «el gobierno de la época divulgó falsamente que Mario Zamorano y Onofre Muñoz habían salido hacia Argentina, lo cual no fue corroborado por las autoridades de ese país». Informes de la Central Nacional Interpol de la Policía de Investigaciones confirmaron la falsedad de estos datos.

La sentencia judicial reconstruye el destino de las víctimas a partir de testimonios y documentos, concluyendo que «todos los detenidos fueron conducidos a Villa Grimaldi y desde entonces se desconoce su paradero». Ex agentes como Carlos Ramón Rinaldi Suárez, Guido Arnoldo Jara Brevis y Eduardo Antonio Reyes Lagos dieron detalles sobre los procedimientos de captura.

Este fallo marca un hito en la reconstrucción de la verdad histórica y en la búsqueda de justicia para las víctimas de la dictadura. La decisión judicial confirma la represión sistemática ejercida por la DINA contra el Partido Comunista, una operación meticulosamente diseñada que resultó en secuestros y desapariciones forzadas, cuyas autoridades aún enfrentan la justicia.

Con Información de www.elciudadano.com

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