Corte de Valdivia ratifica condena a empresa constructora por incidente laboral.

La Corte de Apelaciones de Valdivia ha ratificado la decisión que obliga a la empresa M.C.S. a indemnizar con $15 millones a un empleado por la pérdida parcial de un dedo, después de haber sido asignado a tareas de mantenimiento de maquinaria sin recibir la capacitación necesaria o contar con un contrato laboral formal.

El tribunal desestimó el recurso de nulidad presentado por la empresa M.C.S., en relación con la sentencia que le imponía el pago de $15.000.000 a un trabajador que perdió la punta de su dedo medio, debido a que lo asignaron a la mantención de equipos sin la formación adecuada y sin un vínculo laboral establecido.

En una decisión unánime, la Segunda Sala del tribunal confirmó la sentencia anterior, emitida por el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, sin aceptar el reclamo de la empresa.

En casos de accidentes laborales, la E.C.S., en jurisprudencia reciente, ha establecido que el daño moral puede derivar del sufrimiento físico de la víctima, del tratamiento médico al que fue sometida para superar su lesión, de los efectos temporales de la herida, entre otros factores; además, se considera la naturaleza y el contexto del accidente en cuestión. (E.C.S. Rol Nro. 7012-2024 Recurso de unificación de jurisprudencia). Por lo tanto, es razonable inferir el daño moral sufrido por el trabajador a partir del daño físico experimentado y de los tratamientos médicos recibidos. Así lo ha considerado la juez en el caso actual, según se menciona en el motivo 10° del fallo impugnado”, señala el fallo.

En consecuencia, se determina que: “se rechaza el recurso de nulidad presentado por la demandada M.C.S., respecto a la sentencia ya mencionada, la cual no es nula”.

La resolución confirmada indicó que: “El daño moral y la angustia del trabajador se manifiestan de manera natural en el momento de sufrir un accidente laboral, lo cual queda reflejado en la resolución de calificación del accidente emitida por la mutual; el trabajador fue sometido a una intervención quirúrgica, recibió diversas atenciones médicas, kinesiológicas y tratamientos farmacológicos; sufrió la amputación de la punta del dedo medio, manteniendo hipersensibilidad y dolor hasta, al menos, abril de 2022, según su ficha clínica; además, se dictó una resolución de discapacidad permanente del 5%”.

Ver fallo aquí.

(Fuente: Poder Judicial)

https://aldiachile.microjuris.com

Con Información de www.lanacion.cl

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