La Décimocuarta Sala de la Corte de Santiago ratificó de manera unánime la sentencia que ordenó a la Congregación pagar $2.391.900 por trabajos de remodelación.
La resolución descartó cualquier error en la sentencia cuestionada y desestimó la excepción de prescripción planteada por la congregación.
“Considerando los antecedentes, y compartiendo los argumentos expuestos en la resolución del tribunal de primera instancia; además de lo estipulado en el artículo 8 de la Ley N°21.226 y el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada del 11 de enero de 2023, emitida por el 29° Juzgado Civil de Santiago, en el Rol C-7167-2022”, se señala en el fallo.
La sentencia reafirmada concluyó: “Al finalizar estas deliberaciones, es fundamental enfatizar que en este caso se ha llevado a cabo una acción ordinaria para exigir el cobro de una deuda derivada de un servicio prestado, y no se está tratando una acción basada en la factura como título ejecutivo, por lo tanto no es aplicable el artículo 10 de la Ley N°19.983 en relación a la prescripción de un año que corresponde a la factura. Asimismo, no se puede aplicar la conversión de la acción ejecutiva a ordinaria, como alega la demandada, es decir, de dos años, pues el tiempo necesario para que se configure la prescripción ordinaria en este caso es de cinco años según el artículo 2515 del Código Civil”.
“Así, desde el momento en que se exigió la obligación hasta la notificación legal del libelo, no ha transcurrido el tiempo estipulado por la ley, lo que justifica el rechazo de la excepción”, se añade.
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Con Información de www.lanacion.cl