Corte de Santiago analiza el desafuero de Joaquín Lavín León.

La Corte de Apelaciones de Santiago ha aceptado la solicitud de desafuero presentada contra el diputado Joaquín José Lavín León, quien está siendo investigado por el Ministerio Público por delitos como fraude al fisco, tráfico de influencias, falsificación, uso malicioso de instrumentos privados mercantiles y delitos tributarios.

En un fallo mayoritario, el tribunal determinó que se cumplen los requisitos necesarios para levantar la inmunidad del parlamentario y permitir la formación de causa en su contra.

El fallo indica: “De acuerdo con la jurisprudencia y doctrina citadas, el desafuero se puede decretar siempre que existan méritos suficientes, implicando evaluar la plausibilidad de la imputación, considerando que se ha cometido un delito y que el aforado tendría participación en él, según los hechos descritos y los antecedentes presentados, ajustándose al estándar de convicción del artículo 140 del Código Procesal Penal, aplicado en otorgamientos de medidas cautelares, criterio que esta Corte ha sostenido de forma reiterada”.

La resolución agrega: “El artículo 416 del Código Procesal Penal establece que la solicitud de desafuero debe ser considerada por la Corte de Apelaciones correspondiente, para que, si encuentra mérito, se declare procedente la formación de causa. Así, al pronunciarse sobre la solicitud de desafuero y su ampliación, este tribunal debe decidir únicamente sobre la autorización de la formación de causa contra el diputado, sin extenderse a la comprobación total de los delitos o la participación del parlamentario en ellos, tarea que corresponde al tribunal penal en el momento procesal adecuado”.

El fallo continúa: “La procedencia del desafuero implica la consideración de antecedentes objetivos y precisos que evidencien uno o más hechos constitutivos de los delitos atribuidos y presunciones fundadas sobre la participación del parlamentario en ellos”.

Además, se menciona: “A pesar de que el diputado Lavín León ha negado su culpabilidad y cuestionado la existencia de ciertos hechos, sus argumentos no logran invalidar la existencia de antecedentes que justifican los delitos investigados y la presunción de su participación”.

Las alegaciones de la defensa sobre la falta de mérito de la solicitud de desafuero no conducen a una conclusión diferente. Se han presentado elementos objetivos, precisos y suficientes que respaldan la petición del Ministerio Público según el estándar legal requerido, aclara el fallo.

El tribunal señala que la solicitud de la defensa de considerar una declaración reciente de un coimputado no altera lo anteriormente expuesto, ya que dicha declaración mantuvo su versión inicial. Tampoco afecta el hecho de que haya diligencias pendientes, ya que la validez de estas se discutirá en el juicio correspondiente.

Esto último no afecta lo que se resuelva en el juicio de fondo respecto a la configuración de los delitos imputados y la responsabilidad del parlamentario, donde también se abordarán los problemas relacionados con la tipificación de las conductas y posibles concursales derivadas de los hechos investigados.

Por lo tanto, se resuelve que:
I.- Se acoge la solicitud de ampliación de desafuero presentada por el Ministerio Público, desestimando la oposición de la defensa.
II.- Se acoge la solicitud de desafuero interpuesta por la fiscal regional y adjunta de la Fiscalía de Alta Complejidad, así como su ampliación, permitiendo la formación de causa contra el diputado Joaquín José Lavín León por los delitos de fraude al fisco, tráfico de influencias, falsificación y uso malicioso de instrumentos privados mercantiles, y delito tributario, conforme al artículo 97 N°4 inciso 1° del Código Tributario, en el contexto de las investigaciones solicitadas.

Con Información de desenfoque.cl

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