La Corte de Apelaciones de Santiago ha condenado a Chilevisión a pagar una indemnización millonaria a la propietaria de un jardín infantil y a su hijo, quien fue señalado como autor de delitos sexuales, en el contexto del mediático caso “Hijitus de la aurora”.
En un fallo unánime emitido por la Cuarta Sala del tribunal de alzada, se ha ordenado al canal de televisión el pago de 75 millones de pesos a los demandantes, al considerar que se les atribuyeron delitos a pesar de que la investigación judicial aún estaba en curso.
“Esta sentenciadora ha llegado a la convicción, a partir de los antecedentes probatorios, de que la demandada, Red de Televisión Chilevisión S.A., actuó de manera negligente en la emisión del programa ‘En La Mira’, ya que afirmó como ciertos los delitos de naturaleza sexual contra menores, a pesar de que estas situaciones estaban bajo investigación por parte del Ministerio Público”, expresó el fallo redactado por las ministras Dobra Lusic, Jenny Book y la abogada (i) Magaly Correa.
“También se ha indicado que, aunque la estación no fue quien se expresó directamente, se debe tener en cuenta que fue el canal quien recibió y difundió a nivel nacional los testimonios de los padres de los supuestos afectados y del abogado Mario Schilling, por lo cual se les considera responsables de las declaraciones emitidas, incluso si no fueron realizadas por su personal”, agrega la sentencia.
En este sentido, las ministras señalan que, según los peritajes psicológicos, se confirma que la imputación de los delitos causó un grave perjuicio a los demandantes: “daños que aún persisten en su vida cotidiana, junto con la dificultad para reestructurarse y comenzar nuevas actividades que les permitan ganarse la vida”.
La resolución también indica: “Se concluye que la demandada violó el artículo 19 N°4 de la Constitución Política, que garantiza ‘El respeto y la protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia’. En este caso, esta norma fue transgredida, y tampoco se cumplió con la Ley N°19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, ya que, en la opinión de esta sentenciadora, hubo un abuso en la información proporcionada”.
Con Información de www.lanacion.cl