Con 38 votos a favor y una abstención, la Sala aprobó el informe de la Comisión Mixta establecida para resolver las discrepancias entre ambas Cámaras sobre el proyecto que establece un nuevo fraccionamiento entre el sector pesquero artesanal e industrial.
Congreso rechaza la Ley Longueira.
Con este resultado, la norma propuesta queda lista para ser promulgada como ley, tras el respaldo previo de las y los diputados al texto. Además, esta nueva Ley reemplaza la Ley Longueira, que llevó a juicio a un senador y a una diputada por pago de coimas.
Es importante recalcar que los puntos analizados por la Comisión Mixta fueron el fraccionamiento de la reineta, la anchoveta, la sardina española y la merluza común. A continuación, se detalla lo aprobado:
- **Anchoveta**: En el área marítima de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo, el fraccionamiento de captura se establecerá entre 85% y 55% para el sector artesanal, y 15% y 45% para el industrial, iniciando en 55% y 45% respectivamente. Los ajustes anuales se regirán por las siguientes reglas: a) Si el sector industrial no cumple con su cuota de captura el año anterior, el sector artesanal aumentará su cuota en 10 puntos porcentuales al año. b) Si el sector industrial cumple su cuota anual, podrá mantener o incrementar su porcentaje inicial en hasta 10 puntos porcentuales al año.
- **Sardina española**: En el mismo área marítima y bajo condiciones similares a las de la anchoveta, se aplicará un fraccionamiento de 55% para el sector artesanal y 45% para el industrial, con los mismos ajustes anuales.
- **Merluza común**: En el área entre las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Libertador General Bernardo O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, el fraccionamiento de captura se determinará así: a) Si la cuota global anual es igual o inferior a 35.020 toneladas, el fraccionamiento será 45% para el artesanal y 55% para el industrial. b) Si la cuota es superior a 35.020 toneladas, el exceso será asignado completamente al sector artesanal, con un límite del 50% para cada sector.
- La cuota global de captura de la reineta deberá ser suficiente para mantener o aumentar la pesquería al rendimiento máximo sostenido, no pudiendo variar más del 5% respecto al año anterior.
Respecto al financiamiento de la norma, se rechazó el sistema de subastas o licitaciones para la industria del jurel, con el cual el Ejecutivo pretendía recaudar 30 mil millones de pesos en promedio durante tres años. En su lugar, se aprobó que los armadores industriales, titulares de derechos provenientes de contratos de transferencia autorizados para capturar cuotas dentro de la Zona Económica Exclusiva, deberán pagar una patente especial. Esta patente será de 1,3 unidades tributarias mensuales por tonelada del recurso transferido, y no podrá ser inferior a 250 unidades tributarias mensuales.
Con Información de desenfoque.cl