Condena por parte de la TDLC a Büchi, Banco de Chile y Consorcio.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) emitió un fallo que condena al Banco de Chile y a Consorcio por la simultánea participación de Hernán Büchi Buc como director y ejecutivo relevante en ambas entidades competidoras. Esta sentencia se deriva del requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica en diciembre de 2021.

En su resolución, el Tribunal indicó que la prohibición de interlocking «tiene como objetivo prevenir el riesgo de intercambio de información entre empresas competidoras, así como la eliminación de la incertidumbre en un mercado competitivo que puede ocurrir cuando una misma persona ocupa cargos clave en más de una empresa». Se impusieron multas de $3.300 millones al Banco de Chile y $1.650 millones a Consorcio.

El TDLC corroboró que Büchi, exministro de Hacienda durante la dictadura de Augusto Pinochet, desempeñó roles relevantes en Banco de Chile, Consorcio y Falabella, todas ellas compitiendo en la oferta de productos y servicios bancarios, así como en seguros (en el caso de Banco de Chile, Consorcio y Falabella) y en intermediación de valores (entre Banco de Chile y Consorcio).

La denuncia de la FNE surgió de una investigación iniciada de manera automática por su División de Fiscalización, que empleó herramientas tecnológicas para identificar conexiones entre competidores a través de participaciones sociales o vínculos de personas naturales.

Dicha investigación también motivó otro requerimiento en diciembre de 2021, en este caso contra Juan Hurtado Vicuña, Consorcio y Larrain Vial, que fue acogido por el TDLC en abril pasado, resultando en una sentencia condenatoria y multas que superan los $2.500 millones en conjunto.

El Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg, enfatizó que “esta sentencia, junto con la de abril, envía mensajes claros al mercado sobre la seriedad de que una misma persona ejerza funciones como director o ejecutivo relevante en empresas competidoras. Para la FNE, es primordial asegurar el cumplimiento de la prohibición de interlocking y prevenir riesgos de intercambio de información entre competidores y prácticas colusorias”.

El Fiscal también valoró que el TDLC reafirme la existencia de una prohibición absoluta de interlocking entre competidores, sin necesidad de demostrar efectos anticompetitivos, responsabilizando tanto a las personas naturales como a las empresas implicadas por este ilícito.

Inicialmente, la acusación de la Fiscalía incluyó también a Falabella y a Büchi, pero ambas partes concluyeron el procedimiento tras alcanzar acuerdos conciliatorios con la FNE, los cuales fueron aprobados por el TDLC. En estos acuerdos, reconocieron hechos relevantes del requerimiento y Büchi se comprometió a renunciar a su cargo en Falabella, así como a realizar pagos al fisco.

Para Falabella, el pago acordado fue de aproximadamente $1.400 millones, mientras que Büchi se comprometió a abonar más de $180 millones, cifra que representa el mayor monto que una persona natural ha pagado como resultado de un acuerdo conciliatorio o sanción impuesta por el TDLC.

Con Información de desenfoque.cl

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