El feriado irrenunciable afectará los horarios de atención del comercio durante la celebración de Año Nuevo en la Región Metropolitana.
Con la llegada del Año Nuevo 2026, la Dirección del Trabajo (DT) informa sobre el funcionamiento del comercio en Chile durante el 31 de diciembre y el 1 de enero, días que son feriados obligatorios e irrenunciables para todos los trabajadores del sector.
De acuerdo con la normativa vigente, los establecimientos comerciales deben cerrar a más tardar a las 20:00 del 31 de diciembre, permitiendo que los trabajadores se retiren a tiempo.
¿Cómo se extiende el descanso obligatorio?
Siguiendo la ley 19.973, el descanso iniciará la noche del 31 de diciembre y continuará hasta las 06:00 del viernes 2 de enero de 2026. Durante este período, la mayoría de los comercios no podrá abrir sus puertas.
La DT exhorta a empleadores y trabajadores a coordinar los turnos con anticipación, advirtiendo que el incumplimiento puede conllevar multas por cada trabajador afectado.
Horarios especiales en malls y centros comerciales
Las empresas han comunicado que los supermercados tendrán cierres anticipados en la víspera de Año Nuevo:
- Lider/Lider Express: cierra a las 18:00.
- Jumbo: cierra a las 18:30.
- Santa Isabel: cierra a las 19:30.
- Tottus: cierra a las 19:00.
En cuanto a los principales centros comerciales de Colina, algunos ya han anunciado sus horarios especiales para este final de año:
- Puertas de Chicureo: cerrará el 31 de diciembre a las 19:30.
- Boulevard Los Ingleses: funcionará con horario normal el 31 de diciembre; el 1 de enero abrirá solamente la farmacia, que opera las 24 horas.
- Espacio Urbano La Laguna: abrirá solo el 31 de diciembre, con atención hasta las 19:30.
Todos estos lugares permanecerán cerrados el 1 de enero, respetando el feriado irrenunciable de Año Nuevo.
Comercios que pueden funcionar
A pesar del cierre general, la ley permite excepciones para ciertos sectores que pueden operar durante el feriado irrenunciable.
Algunas de estas excepciones incluyen:
- Restaurantes y locales de comida.
- Cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y clubes.
- Casinos y sitios de entretenimiento autorizados.
- Locales en aeropuertos y aeródromos públicos.
- Estaciones de servicio.
- Farmacias de urgencia y de turno designadas por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia adosadas a servicentros, que vendan comida preparada en el lugar.
Además, los comercios atendidos por sus propios dueños pueden operar, ya que no están sujetos al descanso obligatorio al no existir una relación laboral dependiente.
Con información de www.chicureohoy.cl
Con Información de chilelindo.org