Caso Sartor: La CMF imputa a Michael Clark por difundir información errónea.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha presentado dos cargos en contra de Michael Clark, presidente de Azul Azul, por proporcionar información errónea al mercado, al público y a la CMF respecto a la administración de la Administradora de Fondos Sartor.

Mediante un comunicado, la Comisión ha anunciado que su Unidad de Investigación ha iniciado un proceso administrativo sancionador contra Sartor Administradora General de Fondos S.A. en liquidación, así como contra sus ex directores y ejecutivos: Pedro Pablo Larraín Mery, Alfredo Harz Castro, Michael Mark Clark Varela, Oscar Ebel Sepúlveda, Miguel León Núñez, Mauro Valdés Raczynski, Rodrigo Bustamante García y Juan Carlos Jorquera Salhus.

De acuerdo al artículo 28 del D.L. N° 3.538 (Ley CMF), este procedimiento se considera reservado. Sin embargo, el Consejo de la CMF, en ejercicio de sus atribuciones legales y en pro de la transparencia y la protección de los intereses de los inversionistas, ha decidido hacer público el inicio del procedimiento y los cargos presentados.

Es importante señalar que estos cargos corresponden a hechos ocurridos antes de la intervención de la CMF a Sartor AGF a finales de 2024.

La Unidad de Investigación ha informado al Consejo sobre los cargos presentados:

En relación a SARTOR ADMINISTRADORA GENERAL DE FONDOS S.A. en liquidación, se han formulado cargos por las siguientes infracciones:

  1. Infracción grave y reiterada a la obligación de llevar a cabo todas las gestiones necesarias, con el debido cuidado y diligencia, para garantizar la obtención de los objetivos establecidos en el reglamento interno del fondo, en términos de rentabilidad y seguridad de sus inversiones; así como administrar cada fondo en el mejor interés de los aportantes. Esto infringe lo establecido en el inciso primero del artículo 17 de la Ley Única de Fondos (LUF), en relación con el artículo 19. Se ha considerado que Sartor AGF ha administrado de manera negligente los recursos de los fondos, violando los artículos 22, 56, 61 y 62 de la Ley Única de Fondos, así como la Circular N° 1.869 de 2008.
  2. Entregar información falsa al mercado, al público y a la CMF, incumpliendo los artículos 59 a) y 62 f) de la Ley 18.045, junto con lo dispuesto en el artículo 5º número 8 inciso primero de la Ley de la CMF, la Circular N° 1.998 de 2010, el Oficio Circular N° 592 de 2010 y en la IFRS 9. Esto se debe a que los estados financieros de los Fondos de Inversión Sartor Leasing y Sartor Táctico al 31 de diciembre de 2023, así como los intermedios de marzo, junio y septiembre de 2024, no reflejaban la real situación económica, patrimonial y financiera de estos Fondos de Inversión.

Respecto a PEDRO PABLO LARRAÍN MERY, ALFREDO HARZ CASTRO, MICHAEL MARK CLARK VARELA, OSCAR EBEL SEPÚLVEDA, MIGUEL LEÓN NÚÑEZ, MAURO VALDES RACZYNSKI y RODRIGO BUSTAMANTE GARCÍA, se les han formulado cargos por las siguientes infracciones:

Infracción grave y reiterada a la obligación de los directores de llevar a cabo todas las acciones necesarias, con el debido cuidado y diligencia, para garantizar la rentabilidad y seguridad de las inversiones del fondo; y de administrar cada fondo en función del mejor interés de los aportantes, en conformidad con el artículo 17 inciso primero y los artículos 20 letras c) y e) de la LUF, así como el artículo 41 de la Ley 18.046 en relación con el artículo 78 del Nuevo Reglamento de Sociedades Anónimas. La administración fue negligente, violando los artículos 61 y 62 de la Ley Única de Fondos y la Circular N° 1.869 de 2008.

Asimismo, se ha formulado un cargo en contra de los directores PEDRO PABLO LARRAÍN MERY, ALFREDO HARZ CASTRO, MICHAEL MARK CLARK VARELA, OSCAR EBEL SEPÚLVEDA, MAURO VALDES RACZYNSKI, RODRIGO BUSTAMANTE GARCÍA y del gerente general JUAN CARLOS JORQUERA SALHUS por:

Proporcionar información falsa al mercado, al público y a la CMF, incurriendo en las conductas descritas en los artículos 59 a) y 62 f) de la Ley 18.045, en relación con lo dispuesto en el artículo 5º número 8 inciso primero de la Ley de la CMF, y en la Circular N° 1.998 de 2010 y el Oficio Circular N° 592 de 2010. Los estados financieros de los Fondos de Inversión Sartor Leasing y Sartor Táctico al 31 de diciembre de 2023, así como los correspondientes a los trimestres de marzo, junio y septiembre de 2024, no reflejaban la real situación económica y financiera de dichos Fondos.

Con respecto a PEDRO PABLO LARRAÍN MERY, ALFREDO HARZ CASTRO, OSCAR EBEL SEPÚLVEDA y RODRIGO BUSTAMANTE GARCÍA, se ha formulado un cargo por:

Infracción al deber de administrar y gestionar las inversiones de la Administradora de manera separada, independiente y autónoma de cualquier otra función similar, como intermediación de valores o asesoría financiera, conforme al artículo 169 inciso segundo de la Ley 18.045. Entre enero de 2021 y noviembre de 2024, Larraín Mery, Harz Castro y Ebel Sepúlveda desempeñaron simultáneamente cargos de dirección en Sartor AGF y Sartor Wealth Management (WM), mientras Bustamante García ocupó el puesto de director de Sartor AGF y de Gerente General de Sartor WM durante parte de este periodo.

En relación a ALFREDO HARZ CASTRO, se le ha formulado un cargo por:

Infracción a lo estipulado en el artículo 49 inciso final de la Ley 18.046, al haber ejercido simultáneamente funciones de director de Sartor AGF y como “Director de Inversiones” de la misma Administradora entre el 30 de diciembre de 2020 y el 13 de noviembre de 2024.

Según el procedimiento sancionatorio de la CMF, se inicia ahora la etapa de descargos ante la Unidad de Investigación, donde los cargos pueden presentar antecedentes que les permitan eximirse o atenuar su responsabilidad en las infracciones imputadas.

Puedes consultar los detalles del proceso supervisor y sancionatorio aquí, así como la Resolución Exenta N° 3723 del 15 de abril de 2025.

Con Información de desenfoque.cl

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