La Corte Suprema ha decidido acoger parcialmente el recurso de unificación de jurisprudencia presentado por la parte demandante, y en su fallo de reemplazo, admitió la demanda interpuesta contra el Banco Santander Chile por el despido injustificado de un trabajador.
En un fallo dividido (causa rol 249.487-2023), la Cuarta Sala del tribunal supremo –compuesta por las ministras Gloria Ana Chevesich, Andrea Muñoz, Jesica González y las abogadas (i) Leonor Etcheberry y Fabiola Lathrop- identificó un error en la decisión impugnada de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que había invalidado el fallo de base y únicamente había acogido la demanda en relación con la acción de despido injustificado.
Según la sentencia, el demandante (J.M.A.T.) ingresó al Banco Santander el 1 de octubre de 1984 y recibió el 26 de mayo de 2022 una carta en la que se le notificaba su despido bajo la causal del inciso 1 del artículo 161 del Código del Trabajo, alegando «necesidades de la empresa».
El Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt aceptó la demanda por despido injustificado, condenando a la entidad bancaria a pagar el recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicio que realmente percibió el actor, de acuerdo con el contrato colectivo al que pertenecía, así como también a restituir el monto descontado por el aporte del empleador al seguro de cesantía.
Ante este fallo, Banco Santander presentó un recurso de nulidad, que fue acogido por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, la cual invalidó el fallo de primera instancia y dictó uno de reemplazo que solo acogió la demanda en el aspecto de despido injustificado, estableciendo que el recargo del 30% debe calcularse sobre la indemnización legal, con los límites correspondientes.
Corte Suprema condena al Banco Santander
Posteriormente, se interpuso un recurso de unificación ante la Corte Suprema. Tras evaluar los antecedentes y la legislación, el tribunal supremo rechazó el recurso en su primera materia y lo aceptó en lo relativo a la segunda, invalidando el fallo impugnado.
“Por lo tanto, procede rechazar el presente recurso de unificación de jurisprudencia en lo que respecta a su primera materia y acogerlo en cuanto a la segunda, invalidando el fallo impugnado, únicamente en lo pertinente, y dictándose a continuación la sentencia de reemplazo correspondiente”, establece el fallo.
Así, se resolvió que «se acepta la demanda presentada por J.M.A.T. contra Banco Santander Chile, considerando injustificado el despido del que fue objeto».
De este modo, el tribunal ordenó al banco pagar el recargo legal del 30% sobre la indemnización por años de servicio, monto que deberá calcularse durante la etapa de cumplimiento de la sentencia, conforme a lo estipulado en los artículos 163 inciso segundo y 172 del Código del Trabajo, es decir, basado en un máximo de trescientos treinta días de remuneración y un salario mensual que no supere el equivalente a noventa Unidades de Fomento mensuales, de acuerdo al valor al finalizar el mes anterior al pago.
Asimismo, el máximo tribunal determinó que se lleve a cabo la devolución del monto descontado por el empleador para el aporte a la cuenta individual de seguro de cesantía del actor, ascendiendo a $7.652.904.
Con Información de www.elciudadano.com