Aspectos del IVA en compras en línea de hasta US$500

Desde este sábado 25 de octubre, empezará a aplicarse el IVA a las ventas remotas de bienes adquiridos en el extranjero por medio de 20 entidades registradas, incluidos comercios y plataformas de intermediación, las cuales representan el 90% de las compras en línea desde Chile por hasta 500 dólares, de acuerdo con la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias.

Entre estas plataformas, Aliexpress destaca por acaparar el 78% de las compras de bienes de hasta 500 dólares realizadas desde Chile. Además, Amazon, eBay, Shopee, Shein y Temu también forman parte de esta lista.

Hasta el 24 de octubre, los comercios y plataformas registradas son:

Las entidades mencionadas han cumplido con su obligación de inscribirse en el régimen de tributación simplificada que establece la ley. Se recomienda a los compradores asegurarse de la legitimidad y seguridad del sitio web antes de realizar una compra.

Carolina Saravia, Directora (S) del SII, explicó que “para ayudar a los consumidores a elegir plataformas registradas al hacer compras por hasta 500 dólares, el SII ha habilitado en su página web una sección informativa que incluye los detalles de esta obligación y la lista de las plataformas o comercios internacionales registrados, la cual se actualiza semanalmente”.

La autoridad enfatizó que “a partir del 25 de octubre, aquellos que opten por plataformas o comercios registrados ante el SII para sus compras internacionales por hasta 500 dólares, tendrán más garantías de que recibirán sus productos de manera más rápida y, además, contribuirán a una correcta declaración y pago del IVA”.

El Proceso

Para la implementación de esta modificación legal según la Ley N°21.713 sobre Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, el SII publicó instrucciones para que las plataformas de intermediación extranjeras se inscribieran en este sistema simplificado de tributación, mediante la resolución N°84 de 2025. Asimismo, el procedimiento para la declaración y pago del IVA en compras de bienes de hasta 500 dólares fue establecido en la resolución N°93 de este año, mientras que la resolución N°103 (junto con Aduanas) definió cómo acreditar la exención del IVA en la importación de estos bienes.

Es importante destacar que, para asegurar la correcta implementación de la normativa, el SII ha mantenido reuniones de coordinación con diversos actores involucrados, incluido el Servicio Nacional de Aduanas, Correos de Chile, empresas de courier y representantes de las principales plataformas internacionales de comercio electrónico, para resolver inquietudes y detallar los pasos a seguir para cumplir con la normativa.

Hasta ahora, los bienes con un valor de hasta 41 dólares se importaban sin IVA ni aranceles. Esto permitió que millones de pequeños paquetes llegaran a Chile, lo que en parte fomentó el comercio informal y la evasión del IVA y de renta.

Según cifras del Servicio Nacional de Aduanas, en 2024 ingresaron al país más de 54 millones de paquetes, de los cuales más de 50 millones eran importaciones declaradas por un monto igual o menor a 41 dólares (a través de courier y Correos de Chile), representando más del 93% del total de envíos recibidos ese año.

Principales modificaciones

Para implementar esta nueva obligación tributaria, el SII publicó en abril de este año la Circular N°39, que establece instrucciones para aplicar el IVA a las ventas de bienes ubicados en el extranjero destinados a Chile.

La Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias establece que los bienes en el extranjero comprados de manera remota por consumidores finales a través de plataformas o comercios digitales estarán sujetos a IVA, siempre que el valor no supere los 500 dólares o su equivalente en moneda nacional.

Además, se considera a la plataforma de intermediación como el vendedor, lo que significa que si la venta se realiza por ese medio, será responsabilidad de la plataforma cobrar, retener y pagar el IVA al fisco mediante su inscripción ante el SII.

En resumen, las principales reglas de este nuevo sistema son las siguientes:

  • La recaudación del IVA en envíos internacionales de bajo valor (hasta 500 dólares) se modifica, dejando de gravar estos envíos en su importación y aplicándoles IVA como “venta”.
  • El IVA se cobra al momento de la compra, mientras que la importación queda exenta de aranceles.
  • La plataforma o comercio es responsable de ingresar el IVA al fisco.
  • Para evitar la doble tributación, la importación estará exenta de IVA si el impuesto fue efectivamente cobrado por la plataforma o comercio en la venta remota.
  • Si en los envíos internacionales no se carga el IVA según lo señalado, su cobro se mantiene en la importación, cumpliendo con el procedimiento del Servicio Nacional de Aduanas.

Beneficios de comprar mediante un comercio o plataforma inscrita

A partir del 25 de octubre, estas serán las principales diferencias para el consumidor entre comprar en una plataforma inscrita y una no inscrita:

Plataforma inscrita Plataforma no inscrita
La plataforma cobrará el 19% de IVA en ventas de hasta 500 dólares desde Chile. La compra se realizará sin pago de IVA en la venta.
Al llegar a Chile, la compra estará exenta de aranceles e IVA a la importación. Al ingresar al país, el consumidor pagará IVA a la importación y cumplirá con el procedimiento de Aduanas.
La compra pasará directamente al proceso de Aduanas, sin trámites adicionales de cobro. El proceso para ingresar al país demorará más, pues antes de la liberación, deberá cumplir con el procedimiento de pago de IVA ante Aduanas.

*Los productos que requieran autorizaciones especiales, como sanitarias o aquellos gravados con impuestos específicos, deberán cumplir con todo el proceso de importación tradicional.

Con Información de desenfoque.cl

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