La Cámara de Diputadas y Diputados ha aprobado y enviado a ley dos proyectos que modifican la normativa electoral.
Las propuestas establecen una multa para quienes no cumplan con el voto obligatorio y ajustan los requisitos para que los extranjeros puedan ejercer su derecho al sufragio en Chile.
Multa por no votar
El primer proyecto introduce cambios a la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, estableciendo una sanción de 0,5 a 1,5 unidades tributarias mensuales (UTM), que se traduce aproximadamente en $34.000 y $104.000.
Esta multa no se aplicará a quienes el día de la elección:
– Estén enfermos,
– Se encuentren fuera del país,
– Residan a más de 200 kilómetros del local de votación,
– Ejercen funciones relacionadas con el proceso electoral,
– Tengan una discapacidad certificada según la Ley N° 20.422, o
prueben un impedimento grave ante el juez de policía local.
Es importante aclarar que la sanción afecta únicamente a los ciudadanos, lo que excluye a los extranjeros habilitados para votar.
Requisitos para extranjeros
El segundo proyecto modifica la Constitución en lo referente al derecho a voto de los extranjeros. La nueva norma requiere diez años de residencia ininterrumpida en Chile para que puedan participar en las elecciones.
Para este propósito, el cómputo del plazo comenzará a partir de la obtención de la residencia definitiva. Asimismo, durante el tiempo de residencia, no podrán salir del país por más de 90 días acumulados en un período de doce meses.
Esta normativa entrará en vigor en 2026. Por lo tanto, para las elecciones de noviembre de 2025 seguirá vigente la disposición actual, que permite el voto de extranjeros con cinco años de residencia temporal.
Consulta el boletín N° 13105 aquí.
(Fuente: cámara)
Con Información de www.lanacion.cl