Las decisiones regulatorias de la DGAC y la falta de acción de los ministerios implicados han desencadenado una crisis estructural en el sistema de evacuación médica del sur de Chile. Con sanciones infundadas, licitaciones poco transparentes y empresas favorecidas, centenares de vidas están en riesgo.
Por Claudia Molina | FACTOS – Reportaje
Lo que inicialmente debía funcionar como un sistema de control preventivo para proteger a los pacientes más vulnerables se ha convertido en un mecanismo reactivo y punitivo, a menudo manipulado políticamente. La sanción a AEROTAC tras el accidente del Beechcraft CC-AHN en Rancagua el 13 de septiembre de 2025, marcó un antes y un después en la percepción ciudadana sobre la labor de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
La aeronave afectada, adquirida poco más de un mes antes, no estaba realizando vuelos aeromédicos ni actividades comerciales en el momento del accidente, sino que se trataba de un vuelo privado. A pesar de ello, la DGAC decidió suspender a la compañía de todos sus contratos con los Servicios de Salud del sur de Chile, dejando temporalmente en tierra su flota y desprotegidas a vastas áreas del país donde los traslados en avión son a menudo la única vía de supervivencia.
La decisión—tomada de forma apresurada y sin consulta interministerial—reveló las grietas del sistema aeronáutico chileno: una estructura jerárquica, cerrada y desigual que sanciona con rigurosidad a algunos, mientras protege a otros, falto de transparencia y equilibrio.
“Informaron a las autoridades que AEROTAC era la empresa con más conflictos técnicos y una larga lista de denuncias por irresponsabilidad. Eso no era cierto.”
—Fuente del Ministerio de Salud, bajo condición de reserva.
Esta afirmación—repetida en voz baja por funcionarios familiarizados con la dinámica del transporte sanitario—resume el corazón del problema: un sistema donde la información se filtra, la sanción se impone sin contexto y la seguridad de los pacientes se convierte en daño colateral de una disputa de intereses.
El 15 de septiembre de 2025, solo tres días después del aterrizaje forzoso del Beechcraft en la comuna de Olivar, la DGAC emitió la Resolución Exenta Nº 08/1/0389/1934, que suspendió el Certificado de Operador Aéreo (AOC) N°1389 de AEROTAC (Sociedad de Transporte Aeromédico Crítico SpA).
Según el documento—exclusivo de FACTOS—la decisión se basó en que la compañía “representaba un riesgo potencial para la seguridad de los pacientes trasladados” y debía cesar actividades hasta nuevo aviso.

El documento menciona la DAN 119, que rige los certificados AOC y el Decreto Ley N° 2.564 sobre Aviación Comercial, indicando que la empresa no habría cumplido con la entrega de su Plan de Implementación del Manual SMS (Sistema de Gestión de Seguridad Operacional).
No obstante, esta falta documental no constituye un riesgo directo ni justifica la suspensión de operaciones sanitarias, según especialistas consultados. Sin embargo, previamente, la DGAC y los medios en la zona austral habían insinuado que AEROTAC había tenido dos incidentes de “vital importancia”, siendo el primero en el aeropuerto de Puerto Montt, el 12 de septiembre. Tal versión resulta cuestionable, dado que si el neumático se reventó fue por condiciones contaminadas de la pista, cuya limpieza es responsabilidad de la misma DGAC.
“La DGAC impuso una sanción administrativa sin vínculo técnico con la operación ni con el accidente. Esto constituye un exceso reglamentario,” declaró a FACTOS un abogado aeronáutico.
“No se puede suspender un AOC por no entregar un manual si no hay indicios de peligro operativo.”
El análisis del expediente muestra que no existió informe de riesgo ni dictamen sanitario previo. La resolución fue firmada por el General de Aviación Carlos Madina Díaz, Director General de la DGAC, sin consultar al Ministerio de Salud ni a la Subsecretaría de Redes Asistenciales, entidades encargadas de garantizar el transporte sanitario público. Al MINSAL solo se le informó después de ejecutada la sanción.
“En términos legales, la sanción carece de fundamento y fue impuesta sin el debido proceso. En términos humanos, fue una irresponsabilidad institucional,” añadió una fuente del Ministerio de Defensa.
El resultado fue inmediato: parálisis de la red aeromédica en zonas críticas, con pacientes en lista de espera en Aysén, Palena y Chiloé, así como desde La Serena, sin aeronaves disponibles en equipos SAMU para traslados de emergencia.
Una medida supuestamente “preventiva” terminó vulnerando el derecho a la salud y a una atención oportuna para cientos de personas, con una sanción carente de lógica técnica.
El silencio del Ministerio de Defensa
Dada la gravedad de la situación, en la que la DGAC no consultó ni informó con anticipación a los ministerios implicados para reorganizar las actividades de traslado de pacientes, FACTOS se puso en contacto con la ministra de Defensa, Adriana Del Piano. Las preguntas enviadas buscaban aclarar un punto esencial: cuándo y cómo fue informada la ministra sobre la suspensión de AEROTAC y qué justificación técnica o administrativa respaldaba una decisión que paralizó gran parte de la red aeromédica del sur de Chile.
Buscábamos determinar si la dirección política bajo la cual opera la DGAC había sido notificada previamente o después de la decisión administrativa que dejó sin cobertura aérea a miles en zonas aisladas.
Tras intentar obtener una respuesta formal, el jefe de prensa de la ministra contestó así:
“Según la legislación vigente, la DGAC es la autoridad aeronáutica con atribuciones para adoptar estas decisiones de manera autónoma. El Ministerio de Defensa no interviene en procesos técnicos como este. Para consultas sobre normas, códigos aeronáuticos, infracciones y otros detalles, sugerimos dirigirse a la DGAC.”
La declaración, breve y evasiva, deja en evidencia un intento de eludir la responsabilidad ministerial, a pesar de que la Ley N° 16.752 establece claramente que la DGAC depende del Ministerio de Defensa Nacional. El artículo 1° menciona que el Director General de Aeronáutica Civil es “un oficial general de la Fuerza Aérea de Chile, bajo la dependencia del Ministerio de Defensa Nacional” y debe informar sobre decisiones que afectan la continuidad operativa de servicios públicos esenciales, como el transporte sanitario aéreo.
El desliz que causó la DGAC ha llevado a reportar al menos dos decenas de casos complicados, y en situaciones más graves, ha resultado en muertes. Un lactante en Coquimbo, en estado crítico durante el fin de semana, es un trágico ejemplo.
Ante estos hechos, FACTOS intentó obtener una declaración del MINSAL, pero no fue posible. Aunque ya poseen los antecedentes, desde la Subsecretaría de Redes Asistenciales la respuesta de la jefa de prensa fue insólita: “No tenemos influencia en las decisiones de la DGAC, ya que ellos son responsables de la seguridad de los pacientes. Los contratos se realizan a través de los Servicios de Salud regionales.” Al ser consultada nuevamente sobre la falta de aviso anticipado para reorganizar vuelos en emergencias, la encargada indicó que “No tenemos antecedentes de eso. No son tantos los casos” y finalizó con: “Si tienes antecedentes, envíalos y con gusto te respondemos.”
En consecuencia, la suspensión del AOC de AEROTAC—una empresa con contratos activos con servicios de salud del sur— debió ser informada formalmente a la ministra de Defensa, lo que nunca sucedió.
El propio Ministerio de Salud tampoco fue consultado. Según fuentes reservadas, ni la ministra ni la Subsecretaría de Redes Asistenciales fueron notificadas antes de imponer la medida, lo que generó una crisis de coordinación interministerial en plena emergencia sanitaria regional.
Esto resultó en un vacío de responsabilidades institucional: mientras la DGAC actúa unilateralmente, Defensa guarda silencio y Salud enfrenta las consecuencias sin información.
Así, la sanción se convirtió en un hecho político-administrativo de alto riesgo, donde la aviación civil intervino en la política sanitaria sin una debida coordinación intersectorial, exponiendo a las regiones más aisladas a una vulnerabilidad sin precedentes.
“La DGAC tomó una decisión sanitaria sin ser autoridad en el tema. Eso es, en términos institucionales, un exceso de competencia,” afirmó un exasesor jurídico del Ejecutivo.
“Esa autonomía técnica no puede ser excusa para la descoordinación o abuso.”
Trampas contables y el silencio del SII
La revisión de los documentos de licitación y pagos obtenidos por FACTOS ha permitido identificar un patrón: los servicios de traslado aeromédico realizados por San Rafael Ltda. eran facturados por Attitude SpA, otra empresa relacionada. Este esquema no solo diluye responsabilidades operativas, sino que también crea una trampa contable con implicaciones tributarias evidentes. El Estado contrata a una empresa que no presta el servicio, mientras que la verdadera ejecutora—San Rafael—permanece oculta de la fiscalización.
“Attitude actúa, en la práctica, como una empresa fachada. Gana contratos, pero quien vuela y asume el riesgo es San Rafael,” explicó a FACTOS un contador auditor con experiencia en contratación pública aeronáutica.
“Esto provoca un vacío de control que puede ser utilizado para evadir impuestos y ocultar pérdidas o sobrevalorar servicios.”
Los comprobantes de pago analizados muestran que las órdenes de compra y facturas emitidas por Attitude no incluyen registro del operador efectivo ni evidencia de subcontratación autorizada. La Ley N°19.886 de Compras Públicas exige informar sobre cualquier subcontratación de servicios críticos, especialmente en el ámbito de la salud pública y transporte de pacientes, pero ninguna de las revisadas cumple con este requisito.

Esta triangulación permite disfrazar los costos operativos, propiciar doble facturación de horas de vuelo y mover ingresos a otras entidades, reduciendo la carga tributaria total. Esta práctica se ha repetido en licitaciones de 2022 a 2025, principalmente en los Servicios de Salud de Aysén, Reloncaví y Chiloé.
“Es una práctica común y difícil de auditar, porque en apariencia todo es legal,” declaró un exfuncionario del Servicio de Impuestos Internos (SII). “Mientras las facturas estén correctamente emitidas, el SII no puede determinar que la empresa que cobra no es la que opera. Sin embargo, eso no significa que sea legítimo.”
A pesar de que el SII tiene facultades para investigar triangulaciones o elusión a través de empresas relacionadas, no hay constancia de auditorías o investigaciones activas contra Attitude o San Rafael. Ni siquiera tras los informes de la Contraloría en 2021, que ya señalaban posibles irregularidades en el manejo de recursos públicos para el transporte aeromédico.
“El SII no ha tomado medidas de fiscalización o ha optado por el silencio. No existen sumarios, ni observaciones, ni aparentemente voluntad para actuar,” comentó una fuente del área de fiscalización regional.
Andes del Sur: antecedentes ignorados
En octubre de 2024, la empresa Andes del Sur, de propiedad del empresario Raúl Atala, operaba en la zona austral incumpliendo el Decreto Supremo N° 83, que regula las condiciones exigidas para vuelos aeromédicos en Chile. A pesar de ello, utilizaba personal sin la antigüedad ni experiencia mínima requeridas, incluyendo a una enfermera recién egresada sin formación en procedimientos críticos de vuelo, de acuerdo con documentos revisados por FACTOS.
Pese a estos antecedentes, la DGAC no impuso sanciones y Andes del Sur continuó operando durante meses, realizando evacuaciones médicas y traslados de pacientes graves en el sur del país, hasta su suspensión el 10 de octubre de 2025, cuando ya había informes internos que acreditaban deficiencias graves en su gestión clínica y aeronáutica.
Las evidencias disponibles demuestran que la DGAC conocía los antecedentes, ya que recibió notificaciones desde los Servicios de Salud regionales sobre las irregularidades. No obstante, no se adoptó ninguna medida preventiva, permitiendo que Andes del Sur continuara volando sin cumplir con los estándares mínimos de seguridad.
Los aviones de Atala tampoco cumplen con las regulaciones para una aeronave ambulancia: no son presurizados, carecen de sistema turbohélice y equipo clínico obligatorio estipulado en el Decreto Supremo N° 83, que exige soporte vital avanzado y equipo de monitoreo continuo durante traslados críticos.
A pesar de esto, Andes del Sur mantuvo contratos y operaciones, poniendo en riesgo a pacientes provenientes de zonas aisladas de Aysén, Palena y Magallanes.
“No había justificación técnica ni clínica para seguir autorizando esos vuelos, pero Atala contaba con respaldo dentro del sistema,”
comentó a FACTOS una fuente vinculada a la fiscalización aeronáutica.
El caso de Andes del Sur expone una permisibilidad institucional que contrasta con la rigorosa aplicación de sanciones a otras compañías. Mientras AEROTAC fue suspendida por supuestas faltas administrativas, Andes del Sur acumuló infracciones clínicas, técnicas y operativas sin acción por parte de la DGAC. Esta diferencia de trato revela un sistema de control selectivo, aplicando la ley según conveniencia y no según riesgo.
Fiscalización desigual: los casos LAW y Coast Line
En 2018, la DGAC solo suspendió a la aerolínea LAW no por fallas de seguridad, sino tras declararse en quiebra en medio de acusaciones de tráfico de personas provenientes de Haití.
Luego, en mayo de 2025, la empresa Coast Line sufrió un accidente fatal con seis víctimas, pero nunca fue suspendida. En cambio, AEROTAC—sin antecedentes graves y sin víctimas—fue castigada con la medida más extrema: la suspensión total de su AOC.
Esto ofrece una visión incómoda de un sistema de control aéreo que actúa de forma selectiva, donde las relaciones pesan más que las normas y la seguridad depende de quién sea sancionado.
El desequilibrio en la aplicación de sanciones es innegable.
Luego de una exhaustiva revisión de documentos, entrevistas y cotejo de resoluciones, emerge una alarmante realidad: la aviación sanitaria chilena opera bajo un modelo de control reactivo, desequilibrado y opaco, donde la fiscalización no previene, sino que genera riesgos.
Empresas con antecedentes cuestionables—como San Rafael Ltda.—mantienen su posición gracias a redes internas de protección, mientras que otras que cumplen con los requisitos técnicos, como AEROTAC, son sancionadas por hechos sin relación directa a la seguridad sanitaria.
“En la actualidad, no existe equidad en la fiscalización. Las sanciones no buscan corregir failings ni mejorar estándares, sino reestructurar quién controla el mercado,” afirma un exconsultor de la DGAC que participó en auditorías internas.
El caso de AEROTAC no es un hecho aislado: es un síntoma de un sistema institucional que ha perdido su rumbo. Cuando una sanción administrativa—sin justificación técnica, sin revisión ministerial y sin análisis de impacto—deja a comunidades enteras sin acceso a traslados médicos, no se trata de un exceso burocrático, sino de un fallo estructural del Estado.
“En teoría, la DGAC vela por la seguridad aérea. En la práctica, castiga de forma selectiva y sin transparencia,” señala un informe confidencial revisado por FACTOS.
El Ministerio de Salud quedó marginado, al igual que la Subsecretaría de Redes Asistenciales. El Ministerio de Defensa no fue informado y el SII permanece sin investigar la triangulación financiera entre Attitude SpA y San Rafael Ltda.. La cadena de omisiones es total: la DGAC sanciona sin competencia sanitaria; Salud guarda silencio ante el impacto; y el SII no actúa ante indicios de evasión.
El resultado es una red de control que castiga a quienes no forman parte del circuito, y protege a quienes lo dominan desde adentro. En esta lucha—entre el deber de fiscalizar y el poder de favorecer—la aviación sanitaria chilena se convierte en un sistema que se autoinfringe daño.
Las consecuencias son palpables: áreas sin cobertura médica aérea, pacientes en espera de evacuaciones que nunca llegan, empresas que operan bajo doble identidad contable y funcionarios que sancionan a sus espaldas.
El sur de Chile, una región donde la distancia y el clima determinan la vida o la muerte, hoy depende de un entramado institucional que no garantiza justicia administrativa ni continuidad sanitaria.
Cuando el silencio se convierte en discurso
Pese a su nuevo protagonismo público, el diputado Daniel Lilayú ha mantenido hasta ahora un prolongado silencio ante las numerosas irregularidades, precariedad operativa y falta de fiscalización que han afectado durante años los vuelos médicos en el sur. Es legítimo preguntarse—¿por qué ahora?—. ¿Qué justifica este súbito interés por exigir el cobro de las boletas de garantía del Servicio de Salud del Reloncaví, cuando nunca antes mostró la misma energía ante casos igualmente graves? FACTOS intentó obtener su versión, sin éxito: no respondió el correo enviado, de tres llamadas solo una fue contestada y de forma abrupta, luego no volvió a responder.
En medio de tanto silencio y urgencias selectivas, el drama de los vuelos médicos permanece fuera de foco. Las responsabilidades se diluyen y la salud pública queda atrapada entre cálculos políticos y favores pendientes.
Todos los antecedentes proporcionados por FACTOS, que demuestran un sistema de control reactivo, desequilibrado y opaco que no mejora la seguridad aérea ni protege la salud pública, sino que debilita la red de evacuación médica en las regiones australes.
Hasta la fecha, solo AEROTAC sigue suspendida, mientras San Rafael continúa operando con respaldo institucional y contratos vigentes. En Chile, donde las emergencias no esperan, el silencio institucional y las sanciones selectivas pueden costar vidas.
Un cielo donde la seguridad dejó de ser prioridad y el poder se ejerce desde el aire… pero sin control desde la tierra.
Transparencia y respaldos FACTOS
FACTOS pone a disposición pública los documentos utilizados en esta investigación con el objetivo de permitir la verificación independiente de los datos y fechas citados en este reportaje.
📂 Accede a los respaldos completos aquí:
https://drive.google.com/drive/folders/1VCiMeTJmYqpB7oSv5Pjynimd9oLB5c3p?usp=sharing
👉 Carpeta de documentos “Los Cielos del Sur. Factos Reportajes
Con Información de factos.cl