TALCA.- Con el fin de garantizar el derecho al voto de los trabajadores del comercio durante la segunda vuelta de gobernadores el próximo domingo 24 de noviembre, el delegado presidencial regional, Humberto Aqueveque Díaz, y el director del Trabajo, Félix Fuentes, informaron sobre las obligaciones que los empleadores deben cumplir.
Según las autoridades, los centros comerciales y strip centers que formen parte de la misma razón social o personalidad jurídica deben mantenerse cerrados el domingo, considerando que es un feriado legal, obligatorio e irrenunciable. Por otro lado, el resto del comercio, incluidos supermercados y grandes tiendas que no estén sujetos a esta normativa, pueden operar con normalidad ese día.
El delegado Aqueveque destacó la importancia de informar correctamente sobre este proceso, ya que se trata de una votación obligatoria, donde los trabajadores tienen derecho a un permiso de hasta tres horas para votar. Además, se ha advertido a los dueños de negocios sobre las posibles sanciones si no cumplen con esta normativa.
La Dirección del Trabajo estará supervisando el cumplimiento de estos permisos y recibiendo denuncias por posibles infracciones.
En este contexto, el director del Trabajo, Félix Fuentes, explicó que “los centros comerciales deben permanecer cerrados desde el sábado 23 a las 21:00 horas hasta el lunes 25 a las 06:00 horas. Solo deben cerrar los locales ubicados dentro de los malls o strip centers; el resto puede abrir normalmente”.
FISCALIZACIÓN LABORAL
Se supervisarán las siguientes situaciones:
No otorgamiento del feriado legal obligatorio e irrenunciable para los trabajadores que se encuentren en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que trabajen en centros o complejos comerciales bajo una misma razón social o personalidad jurídica.
– Las multas oscilarán entre 3 y 60 UTM (*), dependiendo del tamaño de la empresa (micro, pequeña, mediana o grande).
No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores que sean vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes el día de la elección no se considera feriado legal irrenunciable.
– Las multas también variarán entre 3 y 60 UTM, de acuerdo al tipo de empresa.
No otorgamiento de permiso de 3 horas a los trabajadores para votar.
– Las multas se establecerán entre 3 y 60 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa.
Con Información de elmauleinforma.cl
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