Sancionan a bancos Falabella, Consorcio y a dos cooperativas por otorgar préstamos a «papitos corazón» sin retener fondos

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó sanciones a dos bancos y dos cooperativas de ahorro y crédito por un monto total de UF 1.104,42 por no cumplir con la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.

Esta ley exige a las entidades financieras consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos antes de conceder un crédito y retener hasta el 50% del crédito en caso de que el solicitante esté registrado en dicho registro debido a deudas de alimentos.

Los bancos multados son Banco Falabella, con una multa de UF 513,48, y Banco Consorcio, con una multa de UF 153,72. En cuanto a las cooperativas, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Ahorrocoop Diego Portales Limitada recibió una multa de UF 138,28, y la Cooperativa de Ahorro y Crédito El Detallista Limitada fue sancionada con UF 298,94.

Estas sanciones se impusieron debido a diversas infracciones relacionadas con la falta de consulta al registro de deudores y la omisión de la retención de los montos estipulados por la ley.

Es fundamental garantizar que parte del dinero prestado como crédito se destine al pago de las pensiones alimenticias que los solicitantes adeudan, por lo que las instituciones financieras deben cumplir con esta normativa.

Según la ley, las entidades financieras que otorgan créditos superiores a 50 UF a personas naturales deben verificar que el solicitante no esté registrado como deudor de pensiones alimenticias. En caso contrario, deben retener hasta el 50% del monto del crédito. En varias operaciones, tanto los bancos como las cooperativas sancionadas no cumplieron con esta obligación.

Fallos reiterados

La CMF detalló el incumplimiento de estas instituciones en las resoluciones emitidas. Por ejemplo, Banco Falabella fue sancionado por operaciones realizadas entre abril y octubre de 2023, donde se otorgaron al menos 12 créditos a deudores de alimentos sin consultar debidamente el registro ni retener los fondos necesarios.

Por su parte, Banco Consorcio también cometió infracciones similares al conceder tres créditos a personas en la misma situación entre julio y septiembre de 2023.

Ahorrocoop Diego Portales Limitada ejecutó tres operaciones de crédito entre abril y septiembre de 2023 a deudores de alimentos sin hacer la retención establecida por ley, por lo que recibió una multa de UF 138,28.

Finalmente, la Cooperativa El Detallista Limitada también fue multada por otorgar seis créditos a deudores de pensiones entre marzo y septiembre de 2023 sin cumplir con la normativa vigente, por lo que recibió una multa de UF 298,94 a través de la Resolución N° 8788.

Con Información de chocale.cl

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